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Ganancias: en enero hay un alivio fiscal que irá diluyéndose en los meses siguientes

Impuesto a las ganancias – Foto:

Según publica Clarín Es para los sueldos más altos porque el Mínimo No Imponible se ajusta una vez por año.

Por: Ismael Bermúdez

A partir de enero, los sueldos más altos – que superen el nuevo piso salarial de $ 404.062 para quedar exento de la retención del impuesto a las Ganancias—tendrán un pequeño alivio fiscal por el aumento desde ese mes del Mínimo no Imponible (MNI) y demás deducciones.

No obstante, esa menor retención mensual se irá diluyendo en el curso de los siguientes meses. Y el pago de Ganancias volvería a incrementarse porque, por la inflación y las paritarias, el ingreso del trabajador aumentará en forma nominal mientras el MNI se mantiene invariable a lo largo de todo el año.

Como está pasando este año, estos empleados de mayores sueldos tendrán una caída del ingreso real y aún así pagarán más por Ganancias.

Por ejemplo, un trabajador sin hijos que en diciembre percibe $ 548.000 bruto, menos los descuentos de jubilación y salud ( 17%) percibirá en mano $ 341.548 En enero, con ese mismo sueldo bruto ($ 548.000) y neto,( $ 454.840), tendrá una retención de Ganancias de $ 66.643. En mano cobrará $ 388.197.

Así, en enero,  tendrá una mejora en su ingreso de bolsillo de $ 46.649.

A partir de enero de 2023, el MNI será de $ 201.520,18 mensuales para el trabajador soltero y de $ 266.581,80 mensuales para los casados con 2 hijos.

En el caso de autónomos, el MNI es de $ 169.381,19 mensuales y casado con 2 hijos de $ 239.864,60 mensuales.

Es un aumento del 78,8385% en relación a los valores de 2022, inferior a la inflación. Ese porcentaje surge de la variación del RIPTE ( Remuneración Imponible de Trabajadores Estables) entre octubre 2021 y 2022. En ese mismo período la inflación según el INDEC fue del 88%.

El tributarista Sebastian Dominguez sostiene que “con una inflación interanual cercana al 100%, la actualización debería realizarse, por lo menos, en forma trimestral por la variación del IPC (INDEC) y en forma automática. El RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables) no es un parámetro adecuado para actualizar las deducciones y las escalas del impuesto a las ganancias ya que no representa la distorsión de los valores que genera la inflación y que tiene un efecto directo en la determinación de la materia imponible”.

En el caso de las jubilaciones, el MNI equivale equivale a 8 haberes mínimos mensuales (hoy de $ 400.992) y se actualiza cada 3 meses por la movilidad previsional.

Gabriela Russo, titular del Consejo Profesional de Ciencias Económicas aclara que “este beneficio aplica para cuando no tienen ingresos de otra naturaleza que superen el MNI y no sean contribuyentes de Bienes Personales excepto por la casa habitación”.

De todas maneras. en base a la jurisprudencia de la Corte Suprema, numerosos fallos judiciales declararon inconstitucional la aplicación del impuesto a las Ganancias sobre los haberes jubilatorios.

Otra distorsión es que un empleado en relación de dependencia sin hijos con un salario bruto de $ 404.000 que recibe un aumento del 35% cobraría en mano apenas un 16% más.

Por los descuentos de jubilación y salud, el sueldo de $ 404.000 en mano es de $ 335.320 y está exento de Ganancias. Y si pasa a ganar un bruto de $ 548.000 (+ 35,6%) , menos los descuentos de jubilación se reduce a $ 454.840, y tendrá una retención de Ganancias de $ 66.643. En mano cobrará $ 388.197 (+15,8%) (Clarín)

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