Según publica Clarín El máximo tribunal desestimó la queja y confirmó que el delito por el desvío de unos 50 millones de dólares aún no prescribió y tanto el ex apoderado de la fundación de las Madres como el resto de los imputados deben ser juzgados.
Por: Daniel Santoro
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó ayer un recurso de Sergio Schoklender en la causa “Sueños Compartidos” y así dejó firme el juicio oral por el desvío de más de 50 millones de dólares de fondos públicos que recibieron las Madres de Plaza de Mayo para ese plan de viviendas populares.
El caso llegó a la Corte por vía de queja, y el máximo tribunal, por unanimidad, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, también desestimó el planteo por falta de sentencia definitiva o equiparable.
De esta manera, Schoklender seguirá sometido a proceso penal por el delito de defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública, junto con los demás procesados, entre ellos Julio De Vido.
El Tribunal Oral Federal N° 5 ya había rechazado el planteo de extinción de la acción penal por prescripción presentado por Schoklender, quien elevó su petición a la Cámara Federal de Casación Penal.
Al declarar inadmisible ese reclamo, la Sala IV de dicha Cámara sostuvo que “a efectos de computar los plazos posibles de suspensión de la prescripción de la acción penal respecto de Schoklender, es necesario mencionar que Julio De Vido coimputado del nombrado en estas actuaciones revestía la condición de funcionario público”. En ese período, se desempeñó como Ministro de Planificación Federal desde el 25 de mayo de 2003 hasta el 10 de diciembre del 2015 y como Diputado Nacional por la provincia de Buenos Aires, desde esa última fecha hasta su desafuero ocurrido el día 25 de octubre de 2017.
Por esas razones conforme lo establecido en el art. 67 párrafo segundo del Código Penal, el curso de la prescripción de la acción penal respecto de Sergio Schoklender como la de todos los imputados en esta causa, deberá comenzar a contarse desde el 25 de octubre de 2017, es decir que la suspensión finaliza cuando los que habrían participado del delito ya no ejercen funciones públicas”.
El tribunal de Casación apuntó que, “si tomamos en cuenta la fecha en que De Vido cesó en sus funciones públicas -25 de octubre de 2017- hasta el requerimiento de elevación a juicio presentado por la representante del Ministerio Público, 2 de octubre de 2018 (primer requerimiento formulado) se puede verificar que no han transcurrido los seis años correspondientes a la pena máxima para los delitos enrostrados a Schoklender y por consiguiente no se encuentra prescripta la acción penal”.
En su recurso extraordinario, la defensa planteó que se había afectado el derecho a recurrir, a ser oído y juzgado en un plazo razonable. Sin embargo, dicho recurso no fue concedido por no estar dirigido contra una sentencia definitiva o equiparable a tal, y por falta de cuestión federal.
La defraudación atribuida a los Schoklender mientras Hebe era la titular de la Asociación Madres de Plaza de Mayo alcanzaría los 206 millones de pesos, de acuerdo con la investigación iniciada tras una publicación de Clarín a mediados de 2011 y que inicialmente condujo el cuestionado ex juez Norberto Oyarbide, quien finalmente terminó apartado de la causa. (Clarín)