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Comenzó a regir alcohol cero al volante en Río Gallegos

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Río Gallegos adhirió a la ley de Alcohol Cero para conductores
Río Gallegos adhirió a la ley de Alcohol Cero para conductores

Desde este viernes 8 de septiembre, en la ciudad de Río Gallegos rige el consumo de alcohol cero para los conductores y evitar los accidentes de tránsito por ingesta de bebidas alcohólicas y estupefacientes.

La ordenanza municipal N° 10.221 se sancionó hace 3 meses, tiempo que se desplegó una campaña de concientización desde el municipio local y desde este viernes a las 00 horas se aplican multas para aquellos conductores que registren niveles de alcohol en sangre entre 0,01 mg/l a 0,50 mg/l, tramo que no contemplaba multas.

Hasta el 8 de septiembre se permitía circular con hasta 0,5 mg/l de alcohol en sangre, aunque ahora quien decida consumir bebidas alcohólicas y conducir será pasible de una multa.

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Desde la división tránsito municipal y la policía de Santa Cruz se realizaron controles preventivos para informar sobre la vigencia de la medida que se adoptó en consonancia con la ley provincial N° 3.484 que establece la tolerancia cero de consumo de alcohol para los conductores y el consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica o análoga.

En las rutas provinciales de Santa Cruz rige el alcohol cero desde 2016 y a nivel nacional lo hace desde el 13 de abril de este año.

Ahora según la ordenanza establece multas establecidas según el siguiente criterio:

a)      Hasta 200 miligramos de alcohol por litro de sangre se aplicará una multa de 100 a 300 UF (Unidades Fiscales).

b)      Entre 201 miligramos hasta 500 miligramos de alcohol en sangre se aplicará una multa de 300 a 600 UF (Unidades Fiscales).

c)      Entre 501 hasta 1000 miligramos de alcohol en sangre se aplicará una multa de 600 a 1200 UF (Unidades Fiscales); además de la inhabilitación de conducir por un plazo no inferior a 30 días ni superior a 120 días, salvo que corresponda aplicar la escala de reincidencia.

d)      Desde 1001 miligramos en adelante se aplicarán multas de 1200 a 2000 UF (Unidades Fiscales); además de inhabilitación para conducir por un plazo no inferior a 120 días ni superior a 2 años.

e)       En lo que respecta a la conducción bajo la influencia de sustancias estupefacientes psicotrópico, o análogas la multa se graduará entre 500 a 2000 UF (Unidades Fiscales), y la retención del vehículo.

En tanto, las faltas gravísimas con riesgo sobre terceros se sancionarán con multas de 100 mil a 300 mil módulos. (Agencia OPI Santa Cruz)

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