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Torres pidió prorrogar la emergencia económica por 18 meses

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(OPI Chubut) – El gobernador de Chubut, Ignacio Torres envió un proyecto de ley a la legislatura provincial para solicitar la prórroga de la emergencia económica, financiera y administrativa que vencerá el próximo 30 de junio.

La solicitud es por 18 meses más luego de haberse sancionado la emergencia a inicios de su gestión en enero de 2024.

El gobierno argumentó la prórroga en que “es responsabilidad de este Poder Ejecutivo Provincial propiciar las medidas que por el presente se sugieren sancionar, entendiendo que ello permitirá contar con las herramientas de política económica y de control de gastos necesarias para mantener el orden económico, administrativo y financiero de la Administración”.

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La emergencia no incluye la suspensión de negociaciones colectivas en ninguno de los tres poderes del Estado y “no se autoriza en modo alguno la disminución de los rubros salariales ordinarios devengados de manera mensual y habitual que integran la remuneración de los empleados públicos”.

Si se suspenden los pagos y otras contraprestaciones que correspondan a obligaciones contraídas por el Estado Provincial, con anterioridad al 30 de junio de 2025.

Se exceptúan los haberes al personal estatal devengados con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, en caso de ser sancionada, e incluye “los haberes del mes de junio de 2025, la primera cuota del S.A.C. del año 2025 y las liquidaciones finales”.

Las excepciones contemplan todas las prestaciones previsionales y de la obra social a cargo del Instituto de Seguridad Social y Seguros, incluidas las obligaciones determinadas por sentencias judiciales.

Se seguirá afrontando por igual las obligaciones provenientes del endeudamiento financiero, “sea bajo la forma de títulos de deuda pública, bonos, letras de tesorería, préstamos bancarios y de organismos internacionales de crédito, deudas financieras con el Estado Nacional, avales, fianzas y garantías, constitución de fideicomisos, leasing y participación como fiduciante en fideicomisos financieros, sin perjuicio de la habilitación que brinda la presente ley para reestructurar y/o reperfilar la deuda pública provincial”.

También se incluyen en las excepciones a la emergencia las deudas del Estado Provincial con “los Municipios y Comunas Rurales, por los servicios de telefonía, de provisión de gas, de combustibles, de energía eléctrica, librería, agua y cloacas, con el transporte público y las obligaciones tributarias; así como también quedan excluidas todas aquellas obligaciones que por su menor cuantía, o por razones de oportunidad, mérito o conveniencia y por su impacto en el funcionamiento en los servicios del Estado, el Poder Ejecutivo, Judicial o Legislativo decida cancelar, en base a criterios objetivos y fundados, respetando la igualdad y transparencia entre los contratantes estatales”.

Si se suspenden los ingresos al Estado Provincial bajo cualquier modalidad de vínculo jurídico, a excepción de la cobertura de los cargos vacantes. (Agencia OPI Chubut)

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