La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso presentado por la defensa de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner y confirmó de manera definitiva el monto que deberán pagar de forma solidaria todos los condenados en la causa “Vialidad” en concepto de decomiso de bienes. La resolución unánime de la sala IV del máximo tribunal penal estableció que la cifra asciende a casi 685 mil millones de pesos, como pena accesoria al delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado por el direccionamiento de la obra pública en Santa Cruz.
La decisión fue adoptada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, quienes en un fallo de 81 páginas desestimaron los argumentos de la ex mandataria contra el cálculo y la metodología de actualización de la suma. El decomiso original, fijado por el Tribunal Oral Federal N°2 en 84.835.227.378,04 pesos, fue confirmado en todas las instancias, incluyendo una ratificación de la Corte Suprema de Justicia en junio pasado. Posteriormente, peritos oficiales del Máximo Tribunal aplicaron el Índice de Precios al Consumidor (IPC) para actualizar el valor, elevándolo a la cifra de 684.990.350.139,86 pesos. Fue esta actualización la que motivó el recurso de la defensa de Fernández de Kirchner, al que luego adhirieron los representantes de Lázaro Báez, José López y Mauricio Collareda.
Los abogados de la ex presidenta, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, habían argumentado que el cálculo definitivo vulneraba el derecho de defensa al convertir una “estimación provisoria” en una cifra final sin posibilidad de ser controvertida por las partes. Calificaron la resolución del TOF 2 como “arbitraria, infundada” y criticaron la elección del IPC como índice de actualización. Sin embargo, el fiscal general ante Casación, Mario Villar, había solicitado ratificar el decomiso, recordando que la sanción es una pena accesoria, que el monto y la metodología ya fueron debatidos en todas las instancias y que, por lo tanto, la cuestión se encuentra “firme y pasada en autoridad de cosa juzgada“. Villar sostuvo que “la comisión de hechos punibles no debe ser rentable ni para los autores ni para los partícipes ni para terceras personas“.
Al fundamentar su voto, el juez Gustavo Hornos explicó que la actualización monetaria no implicaba la apertura de un nuevo debate sobre el alcance de la medida, sino que buscaba “resguardar el valor real del monto dinerario frente al transcurso del tiempo y las variables económicas“. Aclaró que la resolución se dictó en la etapa de ejecución de una sentencia que adquirió firmeza por decisión de la Corte Suprema, por lo que el debate sobre la procedencia y extensión del decomiso ya está clausurado. Su par, Mariano Borinsky, añadió que el uso del IPC no luce arbitrario y es la vía idónea para mantener el valor del beneficio del delito, y que las defensas no lograron rebatir el razonamiento del tribunal. Finalmente, el juez Diego Barroetaveña calificó el reclamo de los recurrentes como “sorprendente” y “tardío“, señalando que la necesidad de actualizar el monto era una “obviedad” y que si la defensa omitió ejercer alguna acción por un error en su estrategia, debe asumir las consecuencias. (Agencia OPI Santa Cruz)
CRISTINA ESTAS 5/5 , BUENISIMA , GRANDE CRISTINAAAA. ESTOS NAVOS ESTAN CON BRONCA X QUE LE MOJASTE LA OREJA, Y. ASUSTADOS???????