Nuevas reglas para subsidios en zonas frías

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El Gobierno nacional profundizó este viernes la revisión del régimen de subsidios energéticos para zonas de bajas temperaturas, conocido como “Zona Fría”, con nuevas restricciones que buscan mejorar la focalización del beneficio. A través de las resoluciones 216/2025 y 219/2025, publicadas en el Boletín Oficial, la Secretaría de Energía estableció que los usuarios con más de dos medidores de gas a su nombre ya no podrán recibir los descuentos máximos del régimen en todos sus puntos de suministro.

Esta decisión se inscribe dentro del “Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados“, que fue prorrogado hasta el 31 de mayo de 2025, y responde a un proceso de evaluación impulsado por la Secretaría sobre la estructura actual de los subsidios. Según los datos suministrados por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), se detectaron 137.975 casos en los que una misma persona —identificada por su CUIT o CUIL— aparece como titular de dos o más medidores con el beneficio de Zona Fría asignado automáticamente.

De acuerdo con el nuevo criterio, la tenencia de múltiples medidores sugiere que el usuario podría tener a su nombre más de una propiedad o punto de consumo, lo que es incompatible con la condición de vulnerabilidad económica requerida para acceder a las bonificaciones más altas del régimen. Actualmente, el beneficio otorga descuentos del 50% o el 70% sobre la tarifa plena del servicio de gas natural, dependiendo del nivel de ingresos del hogar y su ubicación geográfica.

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Con la nueva normativa, quienes estén inscriptos en el régimen y perciban ingresos por debajo de cuatro salarios mínimos seguirán accediendo al descuento del 50%, pero solo en uno de los suministros a su nombre. En los restantes, se aplicará la bonificación general del 30%, prevista por la Ley 27.637 que amplió el alcance de Zona Fría. La medida apunta a reducir subsidios mal asignados y redirigir los recursos a los sectores que realmente los necesitan.

Las resoluciones también oficializan los lineamientos para que los usuarios soliciten la revisión de su categoría en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). El trámite se podrá realizar a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), y para aquellos que no cuenten con conectividad digital, se mantendrán canales presenciales en las oficinas de la ANSES. (Agencia OPI Santa Cruz)

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