El Banco Central endureció aún más el acceso al dólar. Sin embargo, por ahora empleados públicos y jubilados podrán seguir comprando.
Por: Annabella Quiroga
El Banco Central aclaró hoy que el supercepo será más estricto de lo que se esperaba. Ahora tampoco podrán acceder al cupo de US$ 200 los trabajadores privados a los que el Estado, a través del programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) , les haya pagado parte de los salarios durante la cuarentena.
Estás son las 10 claves para saber quiénes están habilitados y quiénes no a usar el cupo mensual de US$ 200.
Quiénes NO pueden comprar
Empleados con ATP
Los trabajadores de empresas privadas que recibieron ayuda del Estado para el pago de sueldos quedan inhabilitados para comprar. No importa si el ATP fue el de abril o el de agosto, el último que se pagó hasta ahora. Con haberlo cobrado solo una vez, quedan afuera.
Monotributistas con créditos a tasa cero
Los monotributistas que calificaron para los créditos a tasa cero que puso en marcha la AFIP a través de los bancos no pueden operar con el dólar oficial hasta que no terminen de pagar las 12 cuotas del crédito recibido.
Beneficiarios de planes sociales
Los que reciben el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) o la Asignación Universal por Hijo (AUH) u otro plan social por parte del Gobierno ya no podrán usar el cupo de los US$ 200. Esto es porque a partir de ahora los bancos cruzarán datos con ANSES para chequear quiénes están inhabilitados para realizar esta operación.
Personas sin ingresos declarados
Con las nuevas restricciones, no podrán comprar las personas que no tienen ingresos, ya sea porque están desocupados, son trabajadores en negro, estudiantes o amas de casa.
Quienes tienen cuotas congeladas
Esta restricción vale para quienes tienen créditos hipotecarios o prendarios cuyas cuotas fueron congeladas al comienzo de la pandemia y postergadas para ser abonadas al final del préstamo. Hasta que no se pongan al día no podrán usar el cupo de US$ 200.
Los que refinanciaron los saldos de la tarjeta
En abril el Banco Central dispuso que los saldos que quedaran impagos de ese mes en las tarjetas de crédito serían refinanciados automáticamente con tres meses de gracia, a una tasa del 40% y se pagarían en 9 cuotas fijas. Muchos usuarios que ese mes pagaron lo que pudieron, se desayunaron al mes siguiente con que habían entrado a la refinanciación automática. Y ahora se están enterando de que no podrán comprar dólares hasta que no terminen de pagar todas las cuotas. Lo mismo pasa con los saldos impagos de septiembre, ya que el Central decidió reeditar la medida este mes. La única forma de volver a comprar es hacer una cancelación anticipada de las cuotas restantes.
Los que gastaron con tarjeta más de US$ 200
A partir del 1 de septiembre, los gastos con tarjeta en dólares se computan dentro del cupo mensual de US$ 200. Entonces el que gastó US$ 20 en abonos de Spotify, Netflix y Apple, al mes siguiente podrá comprar solo US$ 180. Pero el que compró un celular vía e-commerce por US$ 800, ya no podrá comprar dólares por los próximos cuatro meses. La situación será más compleja cuando se habiliten los viajes al exterior y los US$ 2000 gastados en 10 días en Uruguay supongan no poder usar el cupo durante los siguientes 10 meses.
Quiénes Sí pueden comprar
Empleados públicos
Los trabajadores del sector público cobran el 100% del salario de parte del Estado. Aún así, como no integran el ATP, pueden comprar dólares, a menos que estén alcanzados por alguna de las otras restricciones, como la de tener créditos congelados o haberse gastado ya el cupo de US$200
Jubilados y pensionados
Por ahora, los jubilados y pensionados pueden comprar, con las mismas salvedades referidas a los empleados públicos: si ya gastaron el cupo de US$ 200 en compras con tarjeta no pueden y tampoco si refinanciaron parte del saldo de abril. Tampoco pueden adquirir dólares los jubilados que reciben algún tipo de asistencia alimentaria, como el “bolsón de comida” de PAMI.
Monotributistas y empleados privados
En este caso pueden comprar si no tomaron el crédito a tasa cero y si la empresa en la que trabajan no entró al ATP. Pero quedarían inhabilitados por temas personales, por ejemplo, si usaron ya todo el cupo de US$ 200 o incurrieron en alguna de las otras restricciones establecidas por el Banco Central. (Clarín)