El “botón de baja” será obligatorio para plataformas de streaming, planes de ahorro y empresas de seguros

Según publica La Nación Las compañías tendrán 60 días corridos desde hoy para adaptar sus sitios web a la normativa.

La Secretaría de Comercio Interior amplió la cancelación de servicios mediante la incorporación de un “botón de baja” para plataformas de streaming, planes de ahorro y aseguradoras. A partir de hoy será obligatorio que medios digitales -como Netflix, Spotify y otros- cuenten con un acceso fácil y directo en sus sitios web que permita a los usuarios cancelar la suscripción.

La normativa fue publicada en el Boletín Oficial y de acuerdo con el organismo que conduce la secretaria Paula Español, es una respuesta a las “numerosas denuncias” que se registraron de clientes, que reclamaron una manera rápida de terminar el vínculo con las empresas contratadas.

“El botón de baja tiene como objetivo simplificar el proceso para que las consumidoras y los consumidores puedan encontrar fácilmente la manera de cancelar un servicio en el momento que desean y dejar de hacer uso del mismo sin encontrar obstáculos que lo impidan. Las empresas alcanzadas por esta nueva normativa tendrán 60 días corridos desde hoy para adaptar sus sitios webs respetando las disposiciones vigentes”, expresó la publicación.

La accesibilidad y la visibilidad del botón de baja se dispuso en septiembre del año pasado y se extendió a más empresas en noviembre. En esta nueva ampliación, Netflix y otros servicios de estilo se incorporan a las compañías que ya tenían la obligación de contar con el botón como las empresas de telefonía fija y móvil, las de internet, las de radiodifusión por suscripción y las de medicina prepaga.

También es obligatorio para las suscripciones a diarios y revistas, en soporte papel o digital, las suscripciones de bases de datos y los servicios de asistencia al viajero, los de emergencias médicas y traslados sanitarios de personas. Los clubes y gimnasios deben contar a la vez con el botón, al igual que las las tarjetas de crédito emitidas por empresas no bancarias y las donaciones que se realizan de forma periódica y con débito automático a asociaciones civiles, ONG y entidades de bien público.

La Dirección Nacional de Defensa de las y los Consumidores, que depende del organismo que dirige Español, incorporó las nuevas categorías de productos y servicios luego de numerosas denuncias de usuarios que reclamaron la imposibilidad de completar de manera simple el trámite de suspensión definitiva de los pagos a la empresa contratada. (La Nación)

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