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Polémica en Salta: habilitaron la candidatura de un ex intendente condenado por corrupción de menores

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Juan Rosario
Juan Rosario "Chicho" Mazzone, que fue destituido de su cargo en 2015 -
Juan Rosario "Chicho" Mazzone, que fue destituido de su cargo en 2015 -

Según publica Clarín Se trata de Juan Rosario “Chicho” Mazzone, que fue destituido de su cargo en 2015, tras tomarse fotos con tres adolescentes en ropa interior. La explicación del Tribunal Electoral.

El Tribunal Superior Electoral de Salta habilitó la candidatura de Juan Rosario “Chicho” Mazzone, que fue condenado por corrupción de menores y ahora quiere competir en las elecciones 2023 para volver al municipio que gobernaba hasta su destitución en 2015.

Las autoridades electorales rechazaron la impugnación sobre la candidatura de Mazzone, que quiere competir con su fuerza “Con esfuerzo se puede” por la intendencia de El Bordo, de la que fue destituido en medio de un escándalo.

La polémica comenzó en enero de 2015, cuando se divulgaron las fotografías en las que se veía al entonces jefe comunal en sunga, en una fiesta rodeado de tres adolescentes en ropa interior (dos de 17 años y una de 15).

Las imágenes habían sido tomadas en diciembre de 2014, en una reunión que hizo el edil junto con dos remiseros amigos en su finca La Ramada, con pileta.

“Simplemente estaban festejando. No sé ni quiénes son (los remiseros). Yo si estoy así en torso es porque hacía un calor de mierda y yo andaba sin camisa pero con pantalón”, dijo en aquel entonces, cuando habían trascendido fotografías que no lo mostraban de cuerpo completo.

Siguió justificando la escena: “En el interior de la provincia es muy común que las chicas usen su ropa interior para bañarse, simplemente por razones económicas”. Y agregó que el escándalo le “venía bien”, porque ya no le pedirían prestada la casona para fiestas ajenas.

Horas después, una publicación difundió una imagen que lo muestra abrazado a las jóvenes, en ajustado slip.

Por ese hecho, Mazzone fue condenado como coautor de corrupción de menores a tres años de prisión en suspenso, en 2017. No fue a la cárcel.

El exintendente Juan Rosario Mazzone, en una de las fotos escandalosas con menores de edad que llevaron a su destitución. Archivo gentileza El Tribuno

El exintendente Juan Rosario Mazzone, en una de las fotos escandalosas con menores de edad que llevaron a su destitución. Archivo gentileza El Tribuno

En pleno escándalo, a mediados de enero de 2015 fue destituido por el Concejo Deliberante de El Bordo. Había llegado a la intendencia con un partido vecinal en 2003. En 2011 se acercó a Juan Manuel Urtubey -aunque tuvieron idas y vueltas- y volvió a ganar la elección local.

Incluso cuando los concejales iniciaron el trámite para sacarlo de su puesto, confiaba en sortear la destitución para volver a postularse en las elecciones 2015.

El proceso judicial, por otro lado, culminó con la condena dictada por la Sala I del Tribunal de Juicio el 17 de febrero de 2017. Y el 17 de septiembre de ese año la Sala II del Tribunal de Impugnación rechazó una apelación de sus abogados.

Ahora, se presentó al frente de la fórmula de su espacio político para regresar a la intendencia. Tras la oficialización de su lista, dos abogados pidieron la impugnación de su candidatura. Sin embargo, el Tribunal Superior Electoral de Salta rechazó este martes la objeción.

Salta: por qué habilitaron al candidato condenado por corrupción de menores

En su fallo, el Tribunal Superior Electoral de Salta dio sus fundamentos para habilitar la candidatura de Mazzone.

“Del propio texto de la norma surge que la prohibición está sujeta al cumplimiento de dos condiciones, la primera, que la persona se encuentre condenada, y la segunda, que la pena impuesta no se haya agotado. Es decir, no basta el hecho de la condena sino que se exige además que la pena no se encuentre cumplida”, reza el texto oficial.

El candidato, en tanto, “cuenta con un antecedente condenatorio”. Sin embargo, la fecha de la sentencia (febrero de 2017) y su ratificación (septiembre de 2019) “obstan la aplicación de la ley 8.225, “encontrándose cumplido el plazo de condena”.

Y concluye: “Por lo demás, las consideraciones efectuadas respecto de la calidad ética o moral de una persona no pueden ser evaluadas por este Tribunal para impedir su postulación, en el sentido de que no pueden crearse requisitos o impedimentos para el ejercicio de los derechos políticos”.

En el mismo sentido se pronunció Pablo Finquelstein, secretario del Tribunal. “Las valoraciones ético morales no podían en esta instancia resultar en la creación de un requisito distinto del que establece la ley y la Constitución y se autorizó su postulación. Obviamente se trata de un delito grave”, dijo el funcionario judicial. (Clarín)

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