La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) anunció este miércoles un incremento del 2,40% en los haberes mínimos y máximos de jubilados y pensionados a partir de abril de 2025. Este ajuste, que está en línea con la inflación de febrero, eleva el haber mínimo de $279.121 a $285.820, mientras que el haber máximo pasa de $1.878.224 a $1.923.302. Como ha sido una práctica habitual durante el último año, quienes cobren la jubilación mínima recibirán un bono de $70.000, lo que incrementará el monto total de las jubilaciones más bajas a $355.820.
Además, aquellos jubilados cuyo haber no alcance los $285.820, como en el caso de un jubilado con un haber de $300.000, recibirán un bono proporcional. De esta forma, el bono para quienes perciban menos que el haber mínimo será ajustado de acuerdo con la diferencia, en este ejemplo, un bono de $55.820.
La Resolución 179/2025, que fue publicada en el Boletín Oficial, establece que a partir de abril de 2025, el haber mínimo garantizado será de $285.820,63, mientras que el máximo será de $1.923.302,29. También se especifican las nuevas bases imponibles mínima y máxima, que son de $96.264,34 y $3.128.545,73, respectivamente. En cuanto a la Prestación Básica Universal (PBU), se fijó en $130.749,89, y la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) será de $228.656,50. Con el bono de $70.000, la PUAM ascenderá a un total de $298.656.
Este bono extraordinario, que se mantiene desde principios de 2024 sin ajuste, implica que las jubilaciones mínimas suban solo un 1,91% en abril con respecto al mes anterior, lo que queda por debajo de la inflación. Desde la asunción de Javier Milei como presidente, el gobierno otorgó dos bonos de $55.000 en los primeros dos meses de 2024 y desde marzo de ese año, el monto pasó a ser de $70.000. Este bono fue establecido mediante el Decreto 231/2025, que también hace referencia al Índice de Movilidad Jubilatoria, introducido en 2021 por la Ley N° 27.609.
El Ejecutivo aclaró que la Ley N° 27.609 ha tenido efectos adversos en los haberes de los jubilados y pensionados, especialmente en los de menores ingresos, lo que llevó a la necesidad de implementar ayudas económicas adicionales, como el bono extraordinario. Para recibir el bono, es necesario que los beneficios estén vigentes en el mes en que se realice la liquidación del bono. Además, se especificó que el bono no será considerado para descuentos ni será computable para otros conceptos.
El bono de $70.000 se otorgará a los titulares de prestaciones contributivas previsionales bajo la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, así como a beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más, y otras pensiones no contributivas. (Agencia OPI Santa Cruz)