A partir de agosto, el régimen de Monotributo sufrirá una actualización significativa en sus parámetros clave, impulsada por la variación de la inflación en el primer semestre del año. El tope de facturación anual para permanecer en el sistema simplificado pasará de $82 millones a $95 millones, según anunció el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, a través de la red social X.
Lanari explicó que este nuevo límite equivale a aproximadamente 74.500 dólares anuales, un valor que contrasta fuertemente con los 6.300 dólares que regía como máximo al momento de la asunción del actual gobierno, en diciembre de 2023. Esta suba de los topes responde a la actualización semestral dispuesta por ley, que ajusta escalas, deducciones y montos en función del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.
En este contexto, la categoría más baja del Monotributo (A) pasará de tener un límite de facturación anual de $7.813.063 a $9 millones, mientras que la categoría más alta se elevará de $82.370.281 a $95 millones. En paralelo, las cuotas mensuales también aumentarán, con un ajuste que ronda entre el 15,3% y el 15,6%. Por ejemplo, el valor mensual de la categoría A, actualmente en $32.221, superará los $37.000; en tanto que la categoría B, que paga $36.679, pasará a más de $42.000.
Los nuevos valores regirán desde agosto de 2025 hasta enero de 2026, y los monotributistas tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para realizar la recategorización obligatoria, si corresponde. Este proceso se basa en el análisis de los ingresos brutos, el monto de los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía eléctrica en los últimos 12 meses.
Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través del área responsable del Monotributo (ARCA), se aclaró que quienes mantengan su nivel de actividad o tengan menos de seis meses como monotributistas no deberán efectuar ninguna acción. En cambio, quienes hayan superado los parámetros establecidos deberán recategorizarse a través del sistema con clave fiscal. Si no lo hacen, se interpretará que no hubo cambios, aunque ARCA podrá realizar recategorizaciones de oficio en caso de detectar inconsistencias entre los ingresos declarados y el movimiento bancario o los gastos registrados.
Además de los cambios en el Monotributo, también se actualizarán el Mínimo No Imponible y las deducciones del Impuesto a las Ganancias, otro componente clave para los trabajadores en relación de dependencia. Según las proyecciones, el nuevo mínimo no imponible pasará de $2,3 millones a $2,6 millones mensuales para solteros sin hijos, y de $3 millones a casi $3,5 millones para contribuyentes casados con dos hijos.
Estas actualizaciones afectan además las deducciones por gastos en educación, alquiler de vivienda y salarios del personal doméstico, que deben ser declaradas a través del Formulario F572 Web en el sistema Siradig Trabajador. Las alícuotas del impuesto se mantienen entre el 5% y el 35% sobre la ganancia neta sujeta a impuesto.
En paralelo, con el dato de inflación de junio —que el INDEC publicará este lunes— también quedará definido el aumento de las jubilaciones y pensiones para el mes de agosto, conforme al esquema de movilidad vigente que se basa en el índice de precios al consumidor. (Agencia OPI Santa Cruz)