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Una jueza suspendió por seis meses el cierre de Vialidad Nacional dispuesto por decreto de Milei

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Javier Milei ordena el cierre definitivo de Vialidad Nacional y otros entes del Estado
Javier Milei ordena el cierre definitivo de Vialidad Nacional y otros entes del Estado

La jueza en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de San Martín, Martina Forns, ordenó la suspensión por seis meses de cualquier acto administrativo derivado del decreto presidencial que dispuso el cierre de la Dirección Nacional de Vialidad. La medida fue adoptada tras hacer lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por el gremio Sevina, que representa a trabajadores del organismo.

La resolución judicial frena de manera temporal la aplicación del Decreto 461/2025, firmado por el presidente Javier Milei el pasado 8 de julio, que establecía la disolución de Vialidad Nacional. En concreto, la jueza prohibió al Estado Nacional y al Poder Ejecutivo ejecutar cualquier decisión que implique reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad o la eliminación de estructuras vinculadas a la repartición afectada.

Forns consideró que existen “circunstancias graves y objetivas” que justifican el dictado de una medida cautelar de no innovar para evitar posibles perjuicios irreparables a los derechos de los trabajadores. En su fallo, subrayó la necesidad de preservar el statu quo hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo en el expediente judicial.

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La magistrada sostuvo que la intervención del Estado como empleador no puede alterar de manera unilateral condiciones de trabajo que fueron acordadas colectivamente. En este sentido, invocó la Constitución Nacional y los convenios 87, 98 y 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que gozan de jerarquía constitucional en la legislación argentina y protegen los derechos sindicales y laborales.

Si bien la presentación del sindicato incluyó un pedido para declarar la nulidad e inconstitucionalidad del decreto presidencial, la jueza evitó expedirse al respecto en esta instancia procesal. Señaló que se trata de un planteo que requiere un análisis más profundo, con debate amplio y producción de pruebas, cuestiones que exceden el alcance de la medida cautelar resuelta. (Agencia OPI Santa Cruz)

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