(Por: Rubén Lasagno) – Mediante el Acuerdo Extraordinario N° 3720, emitido con fecha del 13 de octubre de 2025, la nueva mayoría constituida en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Santa Cruz, integrada por los vocales Daniel Mauricio Mariani, Sergio Edgardo Acevedo, José Antonio González Nora, Gabriel Nolasco Contreras Agüero y Juan Lucio Ramón De la Vega, ha tomado una serie de decisiones que alteran la cúpula del poder judicial provincial y aumenta el caos judicial e institucional inédito en la provincia.
El propósito de este contrataque del gobierno provincial (el cual sin duda impulsa la acción) es, remover al presidente en funciones (René Fernández), anular los actos de la gestión previa y establecer una nueva conducción, legitimando esta acción a través de la anulación de los procedimientos que llevaron al poder a sus predecesores.
En definitiva, esta acción refleja una inédita crisis de poder en la justicia de Santa Cruz, donde una nueva mayoría se impone removiendo a la anterior a través de la anulación de sus actos fundacionales, un hecho de alta gravedad institucional que se agrega a la escalada de una crisis que sin duda, terminará en la Corte Suprema de Justicia.
Analizando las palabras
De acuerdo al análisis que hemos realizado del documento, tiene cuatro puntos fundamentales que son objetivos claves de los firmantes.
En primer lugar “declarar la Nulidad Absoluta e Insanable” anulando la Resolución registrada el 10 de febrero de 2025 que dio origen a la integración del tribunal con los vocales anteriores. El argumento central de los firmantes, es que dicha resolución fue dictada “sin competencia” por solo cuatro vocales, lo que, según ellos, viola la Ley Orgánica de la Justicia (reformada por Ley 3949), la cual exige una mayoría de cinco votos para tomar decisiones cuando el tribunal está integrado por nueve miembros.

Luego instruyen “la Revocación y Nueva Designación” como consecuencia de la nulidad. Los firmantes del documento “revocan con efecto inmediato la designación de Renee Guadalupe Fernández” como nueva Presidente del máximo Tribunal.
Más adelante producen “la anulación de los actos previos” y dejan claramente sentado que todos los actos celebrados por la Dra. Renee Guadalupe Fernández, a partir de ésta Resolución, carecen de toda validez y eficacia.
Finalmente en las medidas de ejecución aplicadas, dejan expresa constancia que “solicitan el auxilio de la Policía” para hacer efectivo lo resuelto (actuar por la fuerzas) y se convoca a los secretarios del Tribunal para impartir nuevas instrucciones (que las autoridades que responden a Fernández, dejen de hacerlo) y además, ordenan remitir copia de la resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia.
Objeto del Documento
El objeto principal de estos documentos es formalizar un cambio de poder en la cúpula del Superior Tribunal de Justicia de Santa Cruz. Para lograrlo, la nueva mayoría no realiza una simple votación, sino que invalida retroactivamente el fundamento legal de la conformación anterior del tribunal, calificando sus actos como una “vía de hecho” y una “violenta contradicción al marco constitucional”.
El propósito es, por tanto, remover al presidente en funciones, anular los actos de la gestión previa y establecer una nueva conducción, legitimando esta acción a través de la anulación de los procedimientos que llevaron al poder a sus predecesores.
Esta acción no representa un mero cambio administrativo, sino que evidencia un conflicto institucional profundo y una ruptura en la cúpula del Poder Judicial de Santa Cruz. El lenguaje utilizado (“nulidad absoluta e insanable”, “vía de hecho”, etc) subraya la gravedad de la disputa por el control del máximo tribunal.
En el contexto de la justicia provincial, esta maniobra la podemos analizar desde varias perspectivas:
- La lucha de Poder Interna: La decisión expone una pugna entre distintas facciones dentro del STJ. La nueva mayoría utiliza una interpretación de la Ley 3949 sobre la integración del tribunal para deslegitimar a la conformación anterior y tomar el control.
- Implicancias Políticas: Al enviar copia a la Cámara de Diputados, los nuevos integrantes del STJ informan al poder político de esta reconfiguración, lo que sugiere que el cambio puede tener origen o consecuencias que trascienden lo estrictamente judicial. En una provincia con una historia de fuerte interrelación entre la política y la justicia, este tipo de reestructuración en el tribunal superior está claramente vinculada al realineamiento de la justicia con el poder político de turno.
- Incertidumbre Jurídica: al anular todos los actos realizados por la presidencia anterior se abre un período de incertidumbre sobre la validez de meses de funcionamiento del tribunal, lo que podría tener consecuencias en múltiples causas y decisiones administrativas. Asimismo las decisiones de estos jueces también podrá ser objetadas por los salientes e interpuestas denuncias, reclamos y anulaciones a los procedimientos.
- Uso de la Fuerza Pública: La solicitud de “auxilio de la Policía” para ejecutar la decisión es una medida excepcional que denota la previsión de una posible resistencia a acatar el fallo, lo que confirma la naturaleza conflictiva y no consensuada del cambio de autoridades y el riesgo institucional en que han puesto a la justicia en Santa Cruz, tanto de parte del gobierno actual como del kirchnerismo que se resiste a dejar los lugares de privilegio.
Lo obvio en todo esto es que el gobierno provincial no quiere mejorar y darle transparencia a la Justicia como institución en Santa Cruz, sino, desplazar a los jueces y funcionarios judiciales puestos por el kirchnerismo y poner allí a los suyos. Este mecanismo implementado por el gobierno ha forzado todos y cada uno de los mecanismos institucionales parlamentarios y judiciales de la provincia y lo mismo ocurre de la otra parte, que resiste la embestida oficial para ampliar el STJ a fin de no entregar su mayoría. (Agencia OPI Santa Cruz)