La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó que el Tribunal Oral Federal 2, responsable de la condena en la causa Vialidad, ejecutará el decomiso multimillonario establecido en esa sentencia contra la ex presidenta Cristina Kirchner y Lázaro Báez. Los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña rechazaron hoy los recursos de incompetencia presentados por las defensas de ambos, validando la intervención del tribunal de juicio en el embargo de bienes, cuya cifra actualizada asciende a 684.990.350.139,86 millones de pesos.
Las defensas buscaron evitar la jurisdicción del TOF 2. La defensa de Cristina Kirchner planteó la incompetencia de ese tribunal para concretar el decomiso en lo referido a su persona, postulando que el tema correspondía al fuero comercial federal. Por su parte, Lázaro Báez sostuvo que sus bienes ya estaban cautelados ante el Tribunal Oral Federal 4, en el marco de la causa por la “ruta del dinero”, donde posee una condena firme por lavado de activos.
Casación rechazó los argumentos y confirmó que el decomiso, que deben cumplir de manera solidaria todos los condenados, será ejecutado por los jueces del Tribunal Oral Federal 2 con intervención de los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola. En la resolución, a la que accedió la Agencia Noticias Argentinas, el juez Hornos sostuvo que el decomiso del producto de un hecho delictivo “se ha transformado en un eslabón central de una investigación penal“. Afirmó además que “se impone a los magistrados la obligación de proceder a la confiscación no sólo de las cosas que han servido para cometer el hecho delictivo sino también de las cosas o ganancias que son el producto o el provecho de ese delito”.
El juez Borinsky también fundamentó el rechazo. Respecto al planteo de Báez, indicó que “cada tribunal conserva competencia natural para pronunciarse sobre el decomiso derivado de los hechos que juzgó, sin que la unificación de penas implique la pérdida de esa potestad“. En cuanto al recurso de Cristina Kirchner, Borinsky remarcó que la resolución apelada “no vulnera las garantías invocadas, no comporta un exceso de jurisdicción ni se aparta del marco normativo aplicable“, concluyendo que los agravios deducidos “no pueden prosperar“.
La ex presidenta cumple prisión domiciliaria tras ser condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta, un fallo que quedó firme en la Corte Suprema. La condena se basa en el direccionamiento del 80 por ciento de la obra pública vial nacional en Santa Cruz a empresas de Báez entre 2003 y 2015. Báez, en tanto, tiene una condena unificada a 15 años de prisión por la causa Vialidad y “la ruta del dinero”. (Agencia OPI Santa Cruz)