La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) formalizó un ajuste del 2,34% sobre los haberes previsionales correspondientes a diciembre de 2025, basándose en el índice de inflación de octubre. Las Resoluciones 359 y 361/2025 establecen que el haber mínimo garantizado se ubica en $340.879,59. El desembolso efectivo por beneficiario de la categoría más baja ascenderá a $581.319,38, cifra que resulta de adicionar al básico el bono de $70.000 y el Sueldo Anual Complementario (aguinaldo). El organismo confirmó que el bono extraordinario se mantiene fijo en el valor nominal que sostiene desde hace más de un año, licuando su peso relativo frente a la actualización por inflación del haber base.
La estructura de costos previsional fija el haber máximo en $2.293.796,92 para el último mes del año. Al sumar el componente del aguinaldo, la erogación por cada jubilación de tope máximo alcanza los $3.440.695,38. En paralelo, Fernando Bearzi, titular de la entidad, rubricó las bases imponibles mínima y máxima en $114.808,17 y $3.731.212,01 respectivamente. Los valores operativos para la Prestación Básica Universal (PBU) quedaron en $155.936,86, mientras que la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) demanda un pago final de $479.055 al incluir el bono y el medio aguinaldo.
El impacto fiscal en la Patagonia presenta diferenciaciones por zona desfavorable. Para la Zona I, que integra a Santa Cruz, la Asignación Universal por Hijo (AUH) implica una transferencia de $159.240 por titular, frente al valor general de $122.492. En el sistema de asignaciones familiares para trabajadores formales, el Estado abonará $61.252 por hijo a los grupos familiares con ingresos de hasta $948.361. El esquema aplica recortes progresivos según la escala salarial, descendiendo el pago a $12.892 por hijo para aquellos grupos que declaren ingresos entre $1.605.800 y $5.022.048. Los monotributistas de las categorías D a la G percibirán este último monto mínimo.
La normativa introduce una cláusula de exclusión financiera detallada en el artículo 4. El texto determina que si un solo integrante del grupo familiar percibe un ingreso individual superior a $2.511.024, se elimina automáticamente el cobro de las asignaciones familiares para todo el grupo. Esta restricción opera incluso si la suma total de los ingresos del hogar no supera el límite máximo acumulado establecido por la administración. (Agencia OPI Santa Cruz)