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Reglamentaron la ley 90/10 de empleo santacruceño

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El gobierno provincial reglamentó la ley denominada 90/10 de promoción del empleo santacruceño definiendo los alcances de la medida impulsada por el Poder Ejecutivo.

La normativa regula el empleo sobre las actividades como la minería, hidrocarburos y pesca.

La reglamentación de la Ley Provincial N° 3141 prevé priorizar el empleo santacruceño en sectores estratégicos y se definieron los mecanismos de control y fiscalización que tendrá la autoridad de aplicación que será el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

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Las empresas deberán cumplir con la obligación de contratar al menos un 90% de mano de obra local, con residencia mínima de seis años.

La resolución, firmada por el ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Ezequiel Verbes, establece la obligatoriedad para las empresas operadoras, contratistas y subcontratistas de inscribirse y mantener actualizada su información en el Sistema de Registro de Empleo Local (SIREL).

Allí deberán declarar la nómina de personal, porcentaje de trabajadores santacruceños y justificar en cada caso quienes no cumplan con el requisito de residencia.

La autoridad laboral provincial podrá realizar inspecciones, cruces de datos con organismos públicos y aplicar sanciones cuando se detecten incumplimientos o información falsa.

Entre las excepciones, se prevé que las empresas puedan contratar personal de otras provincias “solo cuando acrediten que no existe mano de obra local con la calificación requerida”.

En esos casos deberán presentar obligatoriamente un “Plan de Capacitación y Sustitución Progresiva, destinado a formar trabajadores santacruceños para que, en un plazo razonable, ocupen esos puestos”.

Si ese plan no se presenta o no es aprobado por la autoridad laboral, la empresa no podrá invocar la excepción y quedará sujeta a multas. (Agencia OPI Santa Cruz)

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