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La Cámara Federal rechaza el cierre del expediente por evasión contra Claudio Tapia

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El tribunal de apelaciones desestimó los recursos interpuestos por la dirigencia del fútbol para frenar la investigación originada en la falta de pago al fisco. Los magistrados ordenaron a los imputados abonar los costos procesales derivados de la maniobra legal.

La retención sistemática de tributos y aportes previsionales registrados entre marzo de 2024 y septiembre de 2025 impide la clausura de la causa penal que acecha a Claudio Tapia y a la cúpula de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA). La Sala A de la Cámara confirmó la continuidad del expediente iniciado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), tras constatar que los montos evadidos sobrepasan los parámetros de la ley penal tributaria.

El avance del proceso judicial consolida el cerco sobre los responsables administrativos de la entidad. El derrotero de las actuaciones expone la siguiente secuencia de hitos institucionales:

  • La ARCA presentó la denuncia original por los fondos retenidos al sistema de seguridad social fuera de los plazos normativos.
  • El juzgado de primera instancia dictó el procesamiento formal de los dirigentes involucrados en la conducción.
  • El tribunal de alzada bloqueó el intento de archivar el legajo durante la etapa preliminar.
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La estrategia defensiva de la institución deportiva apeló a resoluciones del Ministerio de Economía. Los abogados argumentaron que esas directivas suspendían el inicio de ejecuciones fiscales contra las entidades sin fines de lucro para justificar la ausencia del delito.

Los jueces del tribunal desarmaron la maniobra técnica al contrastar las resoluciones con la ley de fondo. La sentencia determinó que suspender temporalmente una ejecución fiscal no anula la obligación de pago frente al Estado ni altera los vencimientos originales de la deuda impositiva.

El fallo descartó que la inexistencia de la apropiación indebida resulte evidente, un requisito obligatorio para admitir la falta de acción reclamada por los procesados. Los camaristas derivaron el análisis de fondo a la investigación principal y castigaron la interposición del incidente cargando las costas procesales directamente sobre los imputados. (Agencia OPI Santa Cruz)

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