Un tribunal de alzada anuló la medida judicial que paralizaba el nuevo marco normativo. El Gobierno nacional logra reactivar su agenda tras el rechazo a la demanda sindical.
La Sala VIII de la Cámara del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia que mantenía suspendidos 82 artículos de la reforma laboral. La decisión judicial reactiva el paquete normativo que el Congreso de la Nación sancionó este año y que el juez nacional Raúl Ojeda bloqueó tiempo atrás mediante el dictado de una medida cautelar.
El dictamen modifica radicalmente el escenario jurídico para el oficialismo. Los apartados cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) recuperan de forma inmediata su plena vigencia operativa en todo el territorio nacional.
Los magistrados destrabaron el conflicto al otorgar “efecto suspensivo” a la apelación que presentó el Estado. Esta disposición técnica determina que el freno judicial previo queda “sin efecto” mientras el trámite en los tribunales correspondientes continúa su curso ordinario.
La ofensiva legal original partió de la Confederación General del Trabajo (CGT). Los representantes sindicales solicitaron la cautelar original y argumentaron en su texto que la legislación “vulneraba principios constitucionales”, al atacar de manera directa la progresividad laboral y la protección del trabajador. (Agencia OPI Santa Cruz)