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El acuerdo vergonzoso que hizo el gobernador Claudio Vidal con YPF y nadie cuestiona ni denuncia. Aquí revelamos el documento

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(Por: Rubén Lasagno) – Continuando con el análisis del Acuerdo entre el gobernador Claudio Vidal y la empresa YPF y ya explicado en nuestro informe anterior el “blindaje” explícito que otorgan las cláusulas 3 (bono), 10 y 11 (indemnidades) a la petrolera estatal, una lectura transversal del resto del Memorando de Entendimiento revela una serie de ventajas operativas, comerciales y legales diseñadas a la medida de YPF y en detrimento de Santa Cruz.

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Recordemos que este Acuerdo contiene cláusulas reservadas o confidenciales que pactó el gobernador Claudio Vidal con el CEO de YPF Horacio Marín, lo que no ha permitido conocer este acuerdo desventajoso para la provincia.

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Cuando cruzamos éstos (y los comparamos con la leyes ambientales) nos encontramos cómo el documento está organizado, redactado y pensado para eludir los rigores de la legislación ambiental provincial y nacional (que exigen la remediación integral, el tratamiento de residuos peligrosos y la recomposición del daño) y podemos visualizar otras cláusulas que resultan altamente perjudiciales para los intereses de Santa Cruz.

A raíz de esto y para mantener la agilidad de la lectura del documento que tiene más de 26 páginas, extractamos lo esencial del mismo y aquí lo exponemos.

Cláusula 7. Topes logísticos y “cierres exprés” en la remediación

La cláusula 7 es quizás la cláusula más crítica respecto a las normativas ambientales que encontramos en el documento. En lugar de establecer una obligación de saneamiento basada en el “daño real” y hasta su total remediación (como exige la ley), el convenio le pone un “corsé” logístico y temporal en beneficio de la empresa. Al final de este informe vamos a volver sobre esta controvertida cláusula firmada por el gobierno cuyo titular no puede decir que desconoce el tema, porque es de extracción petrolera.

El acuerdo vergonzoso que hizo el gobernador Claudio Vidal con YPF y nadie cuestiona ni denuncia
El acuerdo vergonzoso que hizo el gobernador Claudio Vidal con YPF y nadie cuestiona ni denuncia

Límite de recursos

Para el abandono de pozos, en este Acuerdo YPF solo se compromete a aportar “4 equipos durante 5 años, reforzando durante los primeros 2 años con 2 equipos adicionales“. Si las leyes exigen sanear más pozos de los que esos equipos pueden tapar en ese tiempo, la infraestructura comprometida será insuficiente.

Aprobación forzada 

La cláusula 7 obliga a la Autoridad de Aplicación Ambiental a expedirse mediante un acto administrativo aprobando el cierre de las actividades “dentro de los 30 días hábiles de presentado el cumplimiento anual“. Este plazo perentorio es extremadamente exiguo para auditar a fondo cuestiones de contaminación compleja y residuos peligrosos, forzando un cierre administrativo rápido a favor de YPF.

Cláusulas 4 y 5 – Retención de activos y ventajas comerciales sin riesgo operativo

De acuerdo a lo pactado entre la petrolera y el gobierno de la provincia, YPF abandona la operación, pero se lleva el producto y se asegura el abastecimiento futuro.

Se lleva el petróleo extraído 

Tal lo establece el Acuerdo en las cláusulas  4 y 5 YPF retiene todo el stock de hidrocarburos existente en tanques, plantas y ductos al momento de la cesión, pudiendo disponer libremente de él.

Derecho de preferencia a futuro 

Aunque YPF deja de invertir y operar (transfiriendo ese riesgo y costo a Santa Cruz y a las nuevas empresas), se reserva el derecho preferente por 5 años de comprar el 50% de todo el crudo que produzcan esas áreas. FOMICRUZ está obligada a garantizarle este derecho. Es decir, YPF se asegura el recurso, pero la provincia asume el costo de sacarlo.

Fuga de materiales

Si bien YPF deja materiales por US$ 10.000.000 , el convenio la autoriza expresamente a retener todo el inventario remanente en almacenes y el campo, permitiéndole trasladarlos libremente a otras jurisdicciones.

Cláusula 6. Licuación de promesas de inversión previas

YPF arrastraba “compromisos globales de inversión pendientes” originados en una Carta de Intención de 2022, ratificada por la Ley Provincial 3802.

Compensación a medida

En lugar de exigir que esas inversiones millonarias se ejecuten en obras reales para la provincia, el convenio permite a YPF cancelar esa deuda mediante “pago y/o compensación”.

Extinción de reclamos

Una vez hecho esto, se establece que la Provincia y FOMICRUZ “nada tendrán que reclamar a YPF por tales conceptos”, cerrando la puerta a cualquier exigencia por el lucro cesante de esas inversiones no realizadas.

Cláusulas 2 y 12. Asimetría legal y poder de rescisión unilateral

El acuerdo pone una “pistola en la cabeza” de los tiempos administrativos provinciales, pero no impone penalidades similares a la empresa:

Salida sin culpa

Si el Gobierno Provincial no logra emitir el Decreto ratificatorio en un plazo de 45 días hábiles, YPF tiene el poder absoluto, “a su exclusivo criterio“, de dar por terminado el Acuerdo de Cesión “sin responsabilidad alguna para YPF”. Esto le dio a YPF la palanca de presión perfecta para forzar la firma rápida y evitar revisiones profundas (como las ambientales) en la legislatura o en las secretarías técnicas. Una redacción idéntica aparece en la Cláusula 2 para la firma del acuerdo inicial.

Como hemos dicho en informes anteriores, la arquitectura del documento no solo blinda financieramente a la operadora, sino que recorta los tiempos y recursos para la remediación ambiental, licúa deudas de inversión pasadas y le asegura a YPF el acceso al crudo patagónico sin tener que poner un solo peso en la operación.

La remediación en la mira con la Cláusula 7

El análisis de la Cláusula 7 revela un choque profundo entre la redacción del acuerdo y los tiempos técnicos, químicos y geológicos que requiere la verdadera remediación de pasivos ambientales complejos, como la contaminación de suelos profundos y acuíferos por hidrocarburos y metales pesados.

Al contrastar lo que dicta el Memorando y cruzarlo como lo hicimos con las exigencias típicas de las leyes de residuos peligrosos y recomposición ambiental, emergen cuatro contradicciones fundamentales:

La trampa metodológica

El punto más crítico de la Cláusula 7 es la metodología que impone para definir los objetivos de saneamiento. El texto establece expresamente que se utilizarán “criterios técnicos razonables tales como análisis de riesgo (RBCA)”.

La realidad técnica

El método RBCA (Risk-Based Corrective Action) evalúa la contaminación en función del riesgo inmediato para la salud humana o el ecosistema cercano. En la práctica petrolera, si un acuífero contaminado está en el medio de la estepa y no se usa para consumo humano o riego (no hay “receptor” directo), el RBCA suele determinar que el “riesgo es bajo” y por ende, justifica dejar la contaminación en el lugar o aplicar medidas de contención mínimas.

El choque legal

Las leyes de residuos peligrosos y de daño ambiental generalmente exigen la recomposición integral; es decir, devolver el ecosistema a su estado base o extraer/tratar el residuo peligroso independientemente de si hay un pueblo cerca. Al aceptar el RBCA, la provincia de Santa Cruz le permitió a YPF sanear solo aquello que represente un riesgo agudo inminente, abaratando drásticamente los costos y dejando el pasivo crónico bajo tierra.

Límite de equipos de abandono

La Cláusula 7 estipula que el abandono de pozos se realizará “con 4 equipos durante 5 años, reforzando durante los primeros 2 años con 2 equipos adicionales“.

La realidad técnica

Sellar pozos de manera segura para evitar que los fluidos migren y contaminen acuíferos de agua dulce es un proceso lento y complejo. Las áreas maduras de Santa Cruz (como Los Perales o Cañadón Seco) tienen miles de pozos inactivos o abandonados transitoriamente, como hemos denunciado en varios informes previos. Físicamente, 4 a 6 equipos de pulling/workovertrabajando durante 5 años solo pueden taponar una fracción menor del inventario total de pozos que requieren cierre definitivo.

El choque legal

La normativa exige que todo pozo sin utilidad técnica sea abandonado definitivamente para proteger el medio ambiente. Al ponerle un “techo” a los recursos (máximo 6 equipos), el acuerdo limita la capacidad física de cumplir con la ley, garantizando que quedarán pozos sin sanear que pasarán a ser responsabilidad de las futuras operadoras o del Estado.

La asimetría cronológica

El acuerdo enmarca las responsabilidades en un horizonte temporal muy corto (un programa de 5 años para los pozos y reportes anuales de saneamiento ).

La realidad técnica

La remediación de un acuífero contaminado con hidrocarburos (mediante técnicas como Pump and Treat o biorremediación in situ) no obedece a plazos corporativos; puede tardar décadas. Del mismo modo, el tratamiento de grandes volúmenes de suelos empetrolados (mediante landfarming o biopilas) depende de factores climáticos patagónicos que ralentizan la degradación bacteriana.

El choque legal

Condicionar el saneamiento a un “Plan” encorsetado en tiempos administrativos choca con la obligación legal de mantener la remediación activa hasta que los parámetros del suelo y el agua vuelvan a los niveles permitidos por la ley, tome el tiempo que tome.

El “Cierre Administrativo Exprés”

El punto final de la Cláusula 7 establece que, si los objetivos del año se cumplen, la Autoridad de Aplicación Ambiental deberá expedirse mediante un acto administrativo “dentro de los 30 días hábiles de presentado el cumplimiento anual”.

La realidad técnica

Auditar y validar científicamente que un suelo o un acuífero ha sido saneado requiere tomar muestras de campo, realizar análisis de laboratorio de alta complejidad (cromatografías para metales pesados, TPH, HAP), interpretar modelos hidrogeológicos y contrastarlos con la línea base.

El choque legal

Obligar al Estado provincial a emitir un dictamen de cierre y liberación de responsabilidad en apenas 30 días hábiles es técnicamente inviable si se quiere hacer una auditoría seria.

Este plazo perentorio actúa como una “guillotina administrativa” que fuerza la aprobación automática o por silencio administrativo, blindando a la operadora y bloqueando la capacidad del Estado para exigir mayores remediaciones según lo dicta la ley de residuos peligrosos.

Así está planteado este vergonzoso acuerdo entre YPF y la provincia de Santa Cruz. Ahora, en base a nuestra serie de informes, todo esto es público, pero hasta el momento ningún diputado, oficial y de la oposición, ha pedido información al respecto y/o denunciado esta arbitrariedad. Quien pidió este documento a través de un tercero, el intendente Pablo Grasso, dejó todo allí. Nunca salió a cuestionar este acuerdo leonino en favor de la petrolera estatal. ¿Los motivos?, hasta ahora no se saben pero lo sospechamos.

Para OPI Santa Cruz esto no está cerrado, solo es el inicio del seguimiento de esta delicada cuestión de entrega del patrimonio público a sectores del capital concentrado para el enriquecimiento de los pocos, donde priman los intereses de los funcionarios involucrados que el interés por la provincia y los bienes de todos los santacruceños. (Agencia OPI Santa Cruz)

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12 COMENTARIOS

  1. YPF en único lugar donde quedó con locación vigente o en producción es en cabo Virgenes estaría donde gobierno pcial dejó libremente a Enap chile se vaya silbando bajito y vendiendo yacimientos por una suma exigua de 40 millones dólares más menos. La nueva empresa se llama psm que es de un tipo de comodoro apellido Cabral , la única inversión que hicieron y van a hacer es la de “despedir gente “ bajo la nueva modalidad encubierta de retiros voluntarios avalado por Sipger y gobierno (son lo mismo) la famosa ley 90 10 no se cumple en dicho lugar ni se va a cumplir. En 2027 vence concesión del área donde YPF todavía es dueña seguramente psm levanta vuelo ya que no tiene capital ni intenciones de realizar inversiones necesarias para mejorar y levantar un yacimiento maduro deplorado y depredado como este . A 2027 Vidal y cia rajan de gobierno y se refugian nuevamente en Sindicato seguramente criticando y denostando la gestión de Rafael guenchenen (como sea) pensar que dijeron y mintieron que eran distintos , muchos sabíamos que eran peores y sin escrupulos

  2. Que verguenza que nadie diga nada de edsto. Gracias OPI los unicos que pueden hablar de estas cosas porque los demas medios tienen el culo cosido. Señor Gobernador YO LO VOTE, ahora veo donde nos metio y en el 2027 ud ya no tiene mas mi confianza. ud se va a retirar rico super millonaario y ahora lo entiendo

  3. Alguien me puede decir como me comunico con el Banco Santa Cruz y que te dejen de dar vueltas por home banking y WhatsApp??
    Todo se hace por teléfono ahora
    El Banco rechaza el pago YouTube y tengo fondos!!!! Tengo fondos!!!!!
    Me tiene harta este Banco!!!!

  4. alguien va a tener que hacerse reponsables del cagadon que se mandaron , el ejecutivo , funcionarios , diputados que aprobaron leyes , etc.. alguien va a tener que rendir cuentas al pueblo santacruceño…dios quiera se haga justicia.. porque este gobierno se afano todo… destruyo a santa cruz

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