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Una ley prohíbe cortes de servicios por falta de pago

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(OPI TdF) – Una ley surgida de la Legislatura fueguina frena las interrupciones de luz, gas y agua durante los meses más fríos del año. El texto obliga a las empresas a facturar con los precios fijados a fines de 2025 y exige audiencias públicas para validar futuros aumentos.

Durante su segunda sesión ordinaria, la Legislatura de Tierra del Fuego sancionó una ley que prohíbe suspender la provisión de energía eléctrica, gas natural y agua potable a los usuarios residenciales con deudas. La medida rige desde el 1 de junio hasta el 30 de septiembre, abarcando el periodo de mayor consumo invernal en la provincia.

El bloque del Partido Justicialista redactó el proyecto original y lo ingresó bajo el asunto N° 269/26. La norma obliga a las empresas distribuidoras a retrotraer los precios de los servicios básicos a los valores vigentes al 1 de diciembre de 2025.

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Las prestadoras disponen ahora de un plazo estricto de diez días corridos para modificar sus sistemas operativos y emitir la nueva facturación. De acuerdo a los datos analizados, los legisladores buscan amortiguar el golpe al bolsillo que las recientes subas tarifarias generaron en la economía provincial.

El articulado impone a las distribuidoras de servicios la obligación de armar y ofrecer planes de facilidades de pago. Esta disposición legal busca que los usuarios morosos regularicen sus cuentas pendientes de manera progresiva.

La ley fija además un esquema de protección tarifaria para sectores con alta demanda social. El texto dicta condiciones diferenciales y prioritarias exclusivas para comedores comunitarios, merenderos, centros de jubilados e instituciones sociales sin fines de lucro.

Las compañías de servicios públicos enfrentan una fuerte restricción financiera mientras dure el congelamiento. Las distribuidoras tienen terminantemente prohibido aplicar mecanismos de capitalización de intereses sobre las deudas acumuladas por los usuarios en ese cuatrimestre.

Respecto a la administración de las tarifas, la normativa modifica las reglas para las futuras actualizaciones de precios. El Estado y las empresas deben convocar a una audiencia pública previa de forma obligatoria antes de aplicar cualquier incremento en los servicios alcanzados.

El nuevo proceso de validación suma un trámite parlamentario ineludible. El Poder Ejecutivo enviará los nuevos cuadros tarifarios a la Legislatura para su debate y tratamiento durante la primera sesión ordinaria inmediata a la recepción del expediente.

La Legislatura retiene el control final sobre el costo de los servicios mediante un mecanismo de sanción tácita. La ley convalidará los incrementos de manera automática únicamente si los legisladores no emiten una resolución expresa para rechazar el ajuste propuesto. (Agencia OPI Tierra del Fuego)

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