
(OPI TdF) – El tribunal detuvo la resolución sobre la nulidad comicial para requerir expedientes a la Corte Suprema y al Superior Tribunal, mientras el plazo constitucional de 60 días agota la posibilidad de votar en 2026.
La resolución judicial sobre la elección de convencionales constituyentes en Tierra del Fuego quedó formalmente suspendida tras la decisión de la Cámara de Apelaciones de detener el dictado de su sentencia definitiva. El tribunal postergó su pronunciamiento sobre la apelación contra el fallo que anuló la convocatoria comicial original, a la espera de informes sobre causas conexas radicadas en instancias superiores.
Los jueces solicitaron precisiones procesales sobre dos expedientes para evitar resoluciones contradictorias en el fuero provincial. Por un lado, requirieron el estado del recurso de queja planteado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el legislador provincial Jorge Lechman, referente de Somos Fueguinos; por el otro, pidieron al Superior Tribunal de Justicia el cuadro de situación de la demanda del Poder Ejecutivo contra la Ley provincial 1626, normativa que derogó la Ley provincial 1529 de necesidad de reforma parcial de la carta magna.
El plazo de 60 días agota el calendario electoral antes de fin de año
La Constitución de Tierra del Fuego fija un mínimo estricto de 60 días corridos entre la firma de la convocatoria y la concreción de los comicios extraordinarios. El avance del calendario durante octubre posterga hacia fines de diciembre cualquier fecha operativa de sufragio, lo que extingue el margen material para organizar la votación antes del cierre del ejercicio en curso.
La provincia carece en la actualidad de un cronograma electoral vigente tras la declaración judicial de nulidad en primera instancia sobre el Decreto provincial 751/26, instrumento que había pautado las elecciones para el 9 de agosto de 2026. Una revocación de esa sentencia por parte de la alzada tampoco fijaría de forma directa una nueva fecha ni desactivaría el obstáculo legal derivado de la derogación legislativa de la norma que declaró la necesidad constituyente. (Agencia OPI Tierra del Fuego)