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Se define el nuevo salario mínimo, que hoy está en 100 dólares “blue”

Ante el impacto económico, el Gobierno no descarta ayudar a las empresas a pagar salarios

Según publica Clarín Lo tratarán este miércoles entre Gobierno, empresas y sindicatos. El monto actual es de $16.875 y podría ser incrementado 30%, en cuotas.

Por: Ismael Bermúdez

Luego de 14 meses de la anterior reunión, este miércoles está convocado el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil. Está integrado por representantes de los empleadores y de los sindicatos y debe definir el nuevo valor del salario mínimo y de la prestación por desempleo. Si no hay acuerdo, el Presidente del Consejo, el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, puede emitir un laudo, como vino pasando en las últimas convocatorias.

En función de los aumentos de las paritarias de este año, se estima que el incremento podría rondar el 30%, en cuotas.

La última actualización fue en agosto de 2019 cuando aumentó en tres cuotas consecutivas fijándolo desde octubre del año pasado en $16.875 para los mensualizados y en $84,37 por hora para los trabajadores jornalizados. El equivalente en dólares de esos montos son 100 dólares “blue” y US$200 si se toma al dólar oficial.

Con relación a diciembre de 2015, cuando era de $ 5.588, en referencia a la inflación, el valor del salario mínimo cayó un 36,5%.

El salario mínimo es una referencia para los trabajadores informales, que ganan la mitad de los asalariados formales. Influye en algunos convenios con básicos muy desactualizados. Además, incide en el haber mínimo de los que se jubilaron sin moratoria, porque desde fines de 2017 se fijó que no puede ser inferior al 82% del salario mínimo.

También impacta en muchos programas o planes sociales del Ministerio de Desarrollo Social porque los beneficiarios perciben un porcentaje del salario mínimo. Por ejemplo, el monto del beneficio de Potenciar Trabajo, que unificó Hacemos Futuro Y Salario Social Complementario, y que comprende a 565.000 beneficiarios, es el equivalente a la mitad del salario mínimo vital y móvil.

También sirve para el cálculo del Programa de Recuperación Productiva (REPRO) que otorga una ayuda económica por un plazo de hasta 12 meses, a los trabajadores de empresas en crisis. El monto de ayuda del REPRO es el equivalente al salario mínimo y se eleva en un 50% cuando se trata de micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES). “En el mes de septiembre 2020 participaron 62 empresas y un total de 9.690 trabajadores/as percibieron la ayuda económica”, según informó al Senado la semana pasada el Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero.

El Programa Progresar otorga una beca de estudio para los jóvenes de entre 18 y 24 años que no trabajan, trabajan informalmente o tienen una remuneración menor al salario mínimo vital y móvil y su grupo familiar está en iguales condiciones.

Además incide en el Programa Acompañar, que comprende a mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo por situaciones de violencia por motivos de género. En este caso, la prestación consiste “en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de un salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante seis períodos mensuales consecutivos, a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género”, según el decreto N° 734/2020.

Por otro lado, con la pandemia el Estado se hace cargo de hasta dos salarios mínimos del pago de los salarios de los trabajadores de empresas privadas, a través del programa de ATP.

El Consejo del Salario Mínimo también aprueba el valor de la prestación por desempleo –que en julio percibieron 127.796 desocupados- que en octubre de 2019 fue fijada en mínimo de $3.925,17 y un máximo de $ 6.280,28. Luego, por la pandemia, el artículo 10 del el DNU N° 332, del 1° de abril, elevó el mínimo a $6.000 y el máximo $10.000, y se prorrogó su vencimiento hasta fin de año.

La prestación por desempleo es una ayuda transitoria que va de 2 a 12 meses, prorrogable otros 6 meses a los que tienen más de 45 años (siempre que no consiga trabajo en ese lapso). Y se otorga a los trabajadores asalariados desocupados despedidos “sin justa causa” o por “fuerza mayor” que cuentan con una cantidad mínima de aportes patronales al Sistema de Seguridad Social. (Clarín)

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