Deja de ser obligatoria la registración de contratos de locación de inmuebles con la derogación de la Ley de Alquileres

La obligatoriedad de registrar los contratos de locación de inmuebles en Argentina ha cesado con la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), que derogó la Ley de Alquileres, según informó el tributarista Sebastián Domínguez. Esta medida, enmarcada en un conjunto más amplio de disposiciones destinadas a desregular la economía, suprime la necesidad de registro para los contratos de locación firmados a partir del viernes 29 de diciembre de 2023.

Sin embargo, Domínguez subrayó que la obligación de registro se mantiene para los contratos suscritos antes de la derogación de la Ley de Alquileres. La Resolución General 4933/2021 de AFIP había establecido el Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles (RELI), permitiendo la declaración de contratos de locación ante el ente recaudador para cumplir con las disposiciones de la Ley 27.551.

“En cambio, se mantiene la obligación de registro por los contratos firmados con anterioridad a dicha fecha”, precisó el CEO de SDC Asesores Tributarios, enfatizando la distinción entre los contratos previos y posteriores a la derogación de la Ley de Alquileres.

Esta medida representa un cambio en los requisitos legales para la registración de contratos de locación de inmuebles en Argentina, lo que podría tener implicaciones en los procedimientos administrativos y fiscales relacionados con el alquiler de propiedades en el país. (Agencia OPI Santa Cruz) Con información de NA

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