Más control a empresas: el Gobierno definió los sectores que tienen que darle información

El ministro de Desarrollo Productivo Matías Kulfas – Foto: Telam

Según publica La Nación Tienen hasta el 10 de abril para presentar el primer informe

Por: Jesús Allende

Luego de una semana en la que se intensificaron los requerimientos y las imputaciones para el acceso a la información de las empresas, el Gobierno sigue reforzando los mecanismos para el control de precios.

El ministerio de Desarrollo Productivo publicó hoy en el Boletín Oficial la normativa que le exige a las compañías suministrar al Estado informes sobre el stock disponible y valor de la mercadería bajo apercibimiento de aplicar la ley de abastecimiento, que prevé sanciones de multa, inhabilitaciones comerciales y clausura de los establecimientos.

La cartera que conduce Matías Kulfas hizo oficial la puesta en funcionamiento del Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica (Sipre).

La medida está destinada en una primera etapa a 24 actividades de los sectores comercio e industria que vendan en puntos de venta minorita y mayorista. Los rubros incluyen desde alimentos y bebidas, hasta equipos de telefonía móvil, industria del acero e insumos de uso agropecuario. Los informes deberán ser mensuales y la primera presentación la deberán realizar entre el 1 y el 10 de abril próximo.

Dentro de ese plazo, las grandes empresas estarán obligadas a informar los precios, cantidades producidas y vendidas y stock disponible de la totalidad de sus productos, de forma unitaria, sea cual fuere el destino.

La medida había sido anticipada por la secretaria de Comercio Interior, Paula Español, que en un encuentro con empresarios dejó trascender que solicitaría información, sobre los costos que incurren con sus proveedores, para frenar los aumentos en los precios. La consecuencias fueron inmediatas y la semana anterior se imputaron a 20 empresas de la construcción por no informar sobre la falta de insumos en el sector. Desde el ministerio confirmaron a LA NACION que el Sipre no cuenta con un sistema de sanciones propio, sino que en los casos de que las empresas omitan el informe aplicarán las que faculta la Ley de Abastecimiento.

Entre las primeras actividades que tienen que presentar el informe están las de alimentos de frutas, hortalizas y legumbres; elaboración de aceites y grasas de origen vegetal; de productos lácteos; de productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón, de productos alimenticios; y de alimentos preparados para animales. Se incluyen también la elaboración de bebidas; la fabricación de papel y de productos de papel; de productos minerales no metálicos; de vidrio y productos de vidrio; de equipos y productos informáticos; de equipos de comunicaciones y transmisores de radio y televisión.

Además, tendrán que informar las industrias básicas de hierro y acero; y la de fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y reproducción de sonido y video, y productos conexos; de aparatos de uso doméstico; y de muebles y colchones.

Del mismo modo deberán hacerlo los sectores de venta al por mayor de alimentos, bebidas y tabaco, y de artículos de uso doméstico y personal; y los de comercialización al por menor en comercios no especializados, y de productos alimenticios, bebidas y tabaco en comercios especializados. La obligación de informar al Sipre incluye la fabricación de insecticidas, plaguicidas y productos químicos de uso agropecuario; de preparados para limpieza, pulido y saneamiento; de jabones y detergentes; y de cosméticos, perfumes y productos de higiene y tocador. (La Nación)

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