AFIP estableció nuevos controles sobre cuentas de argentinos en el exterior

AFIP - Foto: OPI Santa Cruz/Francisco Muñoz

Según publica La Nación El organismo recaudador estableció nuevas pautas de control interno para los bancos que deben cumplir con el régimen de información de cuentas y operaciones de titulares que vivan afuera.

Este viernes la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevas medidas de control interno para las entidades financieras locales con el objetivo de fortalecer el intercambio automático de información con otras administraciones tributarias sobre las cuentas bancarias de argentinos en el exterior.

A través de la Resolución General 5065/2021, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, las modificaciones alcanzan al Régimen de Información que deben cumplir los bancos respecto de las cuentas y operaciones cuyos titulares vivan afuera.

De acuerdo con el Régimen de Información Anual, las instituciones financieras se ven obligadas a reportar anualmente los datos de aquellas cuentas bancarias de sujetos y entidades no residentes en la Argentina, como el número de cuenta y su saldo a fin de año. El fin es combatir el fraude, la evasión y la práctica de elusión fiscal.

Qué dice la nueva reglamentación

Por un lado, se establecieron nuevas pautas para documentar los procedimientos de control interno. Entre ellas, la capacitación de los empleados de bancos para que “conozcan sus responsabilidades y la manera en que deben informar las actividades sospechosas”, y el procedimiento para actualizar los controles internos en función de cambios propios de su actividad o de las leyes locales.

También se sumaron a la lista de pautas el control de la “debida diligencia” y la presentación de informes que cumplan con los requisitos de las “medidas anti lavado” y “conozca a su cliente”, entre otras cosas.

El procedimiento anterior puede ser reemplazado por las certificaciones de cumplimiento, en caso de que la entidad financiera haya reportado menos de 100 cuentas en los últimos cuatro períodos fiscales anteriores.

En caso de que la entidad financiera tenga dudas sobre la residencia fiscal del titular de la cuenta bancaria o la persona controlante, la AFIP también estableció una serie de pautas para determinar si la autocertificación o la evidencia documental que se proporcionó es incorrecta o no es confiable.

En tal caso, las características a tener en cuenta son: si la persona obtuvo derechos de residencia bajo un esquema de residencia o ciudadanía por inversión; si tiene derechos de residencia en otro país; si pasó más de 90 días en cualquier jurisdicción durante el año anterior o si presentó declaraciones de impuestos sobre la renta de las personas físicas durante el año anterior en otros estados.

“Las modificaciones introducidas, junto con el listado de jurisdicciones que otorgan residencia o ciudadanía por inversión, como también así una guía para facilitar el cumplimiento por parte de las instituciones financieras, podrán consultarse en el micrositio ‘Información financiera de sujetos no residentes’”, informó la administración de ingresos.

Según el organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont, la instrumentación de estas medidas están en línea con las prácticas internacionales referidas al intercambio automático de información financiera.

“Los cambios se introducen en el marco de la experiencia recogida por el organismo y de recomendaciones efectuadas por el Foro Global de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE)”, remarcó la AFIP. (La Nación)

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