El Congreso Nacional se prepara para ser el escenario de una nueva disputa política, centrada en la discusión del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que el Gobierno firmó para cerrar un nuevo acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el cual se busca alcanzar sin la necesidad de la aprobación de una ley, como establece la normativa vigente. Las negociaciones entre el Ministerio de Economía y el FMI son por un monto estimado entre 10.000 y 20.000 millones de dólares, con el objetivo de cancelar la deuda con el Banco Central y fortalecer las reservas.
El presidente Javier Milei adelantó que optará por utilizar un DNU en lugar de la ley de Sostenimiento de la Deuda, una normativa aprobada durante el gobierno kirchnerista en 2021, que obliga al Poder Ejecutivo a solicitar el consentimiento del Congreso antes de firmar un acuerdo con el FMI. Esta decisión ha generado incertidumbre en el ámbito legislativo, donde se plantean dudas sobre si el Gobierno suspenderá dicha ley o si, por el contrario, solo se derogará el artículo 2 de la ley 27.612.
Este artículo establece que cualquier “programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el FMI, así como también cualquier ampliación de los montos de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Congreso Nacional que lo apruebe expresamente“. Al optar por un DNU, el Gobierno podrá avanzar con el acuerdo con el FMI de manera inmediata, sin tener que esperar los tiempos legislativos, lo cual resulta clave dada la extrema minoría que tiene el oficialismo en ambas cámaras del Congreso.
El oficialismo espera que el DNU sea publicado en las próximas horas y, según los tiempos establecidos por la ley, tendrá casi un mes para cerrar el acuerdo con el FMI sin que la oposición pueda llevarlo al recinto de sesiones. Si una de las cámaras respalda el DNU, la autorización para la firma del convenio con el FMI se ratificará de manera automática. La ley 26.122 de DNU establece que, una vez dictado un decreto de delegación legislativa, el Poder Ejecutivo debe someterlo a consideración de la Comisión Bicameral Permanente en un plazo de diez días. Esta comisión deberá emitir un dictamen de validez o invalidez en un plazo de diez días hábiles (dos semanas) y elevarlo a las cámaras del Congreso para su tratamiento.
En caso de que la Comisión Bicameral no emita un dictamen, los bloques opositores podrán solicitar que el DNU se trate en el recinto de sesiones sin necesidad de dictamen previo. Para que el DNU pierda vigencia, deberá ser aprobado en ambas cámaras del Congreso. Desde que Milei asumió la presidencia, el Parlamento derogó el DNU que asignaba 100.000 millones de pesos a la SIDE, pero logró mantener en vigor el decreto 70/2023, que fue rechazado en el Senado pero permaneció vigente debido a que el oficialismo logró el aval de los opositores dialoguistas para evitar su tratamiento en la Cámara de Diputados. (Agencia OPI Santa Cruz)