Mujeres: pueden jubilarse por moratoria aunque no tengan aportes

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Según publica Clarín De esta manera, sin o con pocos aportes no deben esperar a los 65 años para acceder a la Pensión Universal al Adulto Mayor. Qué requisitos deben cumplir según la edad.

Por: Ismael Bermúdez

Aunque la mayoría tiene algunos años de aportes, las mujeres que cumplieron 60 años en 2022 y no tienen aportes, y tuvieron 2 hijos, pueden acceder a la moratoria, descontando la deuda del haber previsional que pasará a cobrar y si cumplen con la evaluación socio patrimonial. En esos casos, se jubilan con el haber mínimo menos la cuota de la moratoria. Si exceden los parámetros socio-patrimoniales también pueden jubilarse, pero pagando la deuda al contado.

De esta manera, las mujeres sin o con pocos aportes no deben esperar a los 65 años para acceder a la PUAM (Pensión Universal al Adulto Mayor) para cobrar el 80% del haber mínimo. 

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Una mujer de 60 años cumplidos el año pasado puede “comprar” los años de aportes desde que tuvo 18 años (1980) hasta diciembre de 2008. Justifica así 28 años y con 2 hijos puede justificar otros 2 años por “tareas de cuidado”.

Con 61 años y un hijo ya puede jubilarse justificando 29 años por moratoria más un año por tareas de cuidado.

Si ya tiene 62 años, sin hijos puede ingresar a la moratoria por el período 1979-2008: son 29 años ya que en ese caso cada 2 años de edad por encima de 60 disminuye en un año el requerimiento de los años de aportes. .

Con 64 años, se requieren 28 años de años de aportes que puede justificarlos adhiriendo a la moratoria . Con hijos necesita justificar menos años.

En esos casos, percibiría el haber mínimo bruto ($ 58.665) menos la cuota de la moratoria que no puede superar los $ 17.600. Cobraría en mano, y luego del descuento del PAMI, en torno a los $ 40.000. Una vez cancelada la deuda de la moratoria, seguirá cobrando la jubilación mínima.

En los casos en que esas mujeres superen los parámetros de la evaluación socio- patrimonial (como ingresos, gastos en tarjetas de débito y crédito, propiedades, autos, etc.) también podrán jubilarse pero cancelando la deuda en un solo pago.

Las cuotas por cada mes a regularizar se calculan de acuerdo a la llamada “Unidad de pago de deuda previsional”, cuyo valores equivalen al 29% de la base mínima imponible de remuneración vigente a la fecha de la solicitud de la prestación previsional. Hoy son $ 5.729,97 mensuales.

Así quien justifica 28 años por moratoria la deuda ascendería a $ 1.925.270 (al contado), equivalente a 32 haberes mínimos más el aguinaldo. Y en 120 cuotas representan $ 16.044 por mes.

Con esas edades esas mujeres no podrían jubilarse con la PUAM (Prestación Universal al Adulto Mayor) porque se requiere tener 65 años para cobrar el 80% del haber mínimo ($ 58.665 x 0.80): $ 46.932.

El abogado previsionalista Adrián Tróccoli agrega que “según las estadísticas del Ministerio de Trabajo, el 90% de las mujeres que se jubilen con este régimen van a cobrar el haber mínimo por la baja densidad de aportes y los varones que tienen una mayor cantidad de aportes sí verán una mejora significativa respecto de la PUAM ( Pensión Universal al Adulto Mayor)”

En tanto, una trabajadora con un sueldo promedio de $ 200.000 y 13 años de aportes, y 2 años por tareas de cuidado, que puede regularizar otros 15 años a través de la moratoria, tendrá un haber inicial de $ 71.837 (35,9% del sueldo promedio actualizado).

El valor de la cuota mensual (que se actualiza trimestralmente por movilidad), suponiendo un plan de pago de 90 cuotas, será de $ 11.459. Suponiendo un plan de pago de 120 cuotas, llegaría a $ 8.595. Así, el haber de $ 71.837, descontada la cuota (plan 90) sería de $ 60.378 y en el plan de 120 cuotas sería de $ 63.242. (Clarín)

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