La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la prórroga del vencimiento para el pago de anticipos de los impuestos a las ganancias y bienes personales correspondientes al período fiscal 2024, aplicable a personas humanas y sucesiones indivisas. Con esta decisión, el vencimiento del primer y segundo anticipo, que originalmente debía cumplirse en agosto y octubre de 2024, se trasladará a octubre y noviembre del mismo año, respectivamente.
Los anticipos representan pagos a cuenta de los impuestos que debe abonar un contribuyente, y estos montos se descuentan de la obligación principal cuando se presenta la declaración jurada correspondiente. Según las disposiciones de la AFIP, todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en alguno de estos impuestos están obligadas a determinar y pagar cinco anticipos a lo largo del año.
Asimismo, los contribuyentes tienen la opción de solicitar la reducción del monto de los anticipos a partir del tercer pago, si consideran que el total de los anticipos excederá la obligación definitiva del período fiscal. Para llevar a cabo esta solicitud, se debe acceder al servicio “Cuentas Tributarias” con clave fiscal, seleccionar la opción “Reducción de anticipos” y luego abonar el monto estimado a través de un Volante Electrónico de Pagos (VEP). (Agencia OPI Santa Cruz)