La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a la regularización de deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social, aplicable a obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025. La medida fue oficializada este jueves a través de la Resolución General 5711/2025, publicada en el Boletín Oficial, y apunta a brindar un marco más flexible y accesible para que contribuyentes de distintos perfiles puedan regularizar su situación fiscal.
El nuevo plan contempla un sistema de pagos en cuotas, sin condonación de intereses ni liberación de sanciones, y estará disponible desde el 1 de julio hasta el 30 de diciembre de 2025, inclusive. Podrán acceder al régimen personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud y otros contribuyentes. La adhesión deberá realizarse a través del portal “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.
Entre los aspectos principales del régimen se destaca que el pago a cuenta se determinará sobre el total de la deuda consolidada, y las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000. No se establece un límite en la cantidad de planes que un contribuyente puede presentar. La tasa de financiación será equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente. Según adelantó el ministro de Economía, Luis Caputo, esa tasa será reducida del 4% al 2,75% en los próximos días, en línea con el esfuerzo oficial por alentar la regularización.
El plazo máximo para saldar la deuda varía según el perfil del contribuyente. Las personas humanas, sucesiones indivisas, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y empresas del sector salud podrán acceder a planes de hasta 60 cuotas con un pago inicial del 10%. Las medianas empresas (tramos 1 y 2) tendrán la posibilidad de pagar en hasta 48 cuotas, con un anticipo del 15%. El resto de los contribuyentes deberá abonar un 20% como pago a cuenta y podrá optar por planes de hasta 36 cuotas.
El régimen excluye del beneficio a los condenados por delitos tributarios o aduaneros, siempre que exista sentencia firme y la pena no esté cumplida, así como a personas jurídicas cuyos directivos estén en igual situación legal. También quedan fuera los responsables solidarios y los garantes de deudas impositivas o aduaneras.
Tampoco podrán incluirse en el plan determinadas obligaciones específicas, como retenciones y percepciones previsionales (salvo los aportes personales), anticipos, pagos a cuenta, IVA sobre servicios digitales del exterior, contribuciones a obras sociales (excepto para monotributistas), aportes al régimen doméstico y rural, impuestos internos sobre cigarrillos, y cuotas de planes ya vigentes. Además, se excluyen tributos derivados de infracciones al régimen de equipaje aduanero y los intereses o multas vinculados a estos conceptos.
El nuevo régimen forma parte de una estrategia más amplia impulsada por el Ministerio de Economía para facilitar la normalización fiscal de los contribuyentes, en particular las pequeñas y medianas empresas. “Esta regularización va a ser muy bien recibida, especialmente por las pymes”, expresó Caputo desde su cuenta de X, subrayando que se trata de un paso más en el proceso de estabilización y previsibilidad fiscal que busca impulsar el Gobierno. (Agencia OPI Santa Cruz)