La Corte Superior Nacional extendió el criterio del Tribunal Constitucional sobre fondos de campaña de 2006 y 2011, cancelando la persecución penal y las órdenes de captura contra la exprimera dama refugiada en Brasil.
La imputación fiscal por lavado de activos que fijó 15 años de cárcel contra la exprimera dama de Perú, Nadine Heredia, quedó desestimada luego de que la Corte Superior Nacional dictaminó la nulidad del proceso judicial. La resolución adoptó el criterio fijado por el Tribunal Constitucional, organismo que determinó la atipicidad penal del financiamiento electoral recibido de terceros al momento de los comicios y dispuso la excarcelación del expresidente Ollanta Humala, quien ejerció la jefatura de Estado entre 2011 y 2016.
Conforme al reporte de DW, la sentencia condenatoria dictada en abril de 2025 atribuía al matrimonio presidencial la recepción clandestina de 3.000.000 de dólares procedentes de la firma brasileña Odebrecht para la contienda de 2011, junto con 200.000 dólares remitidos desde Caracas durante la postulación de 2006. No obstante, el máximo intérprete constitucional resolvió que dichas conductas no configuraban delito bajo el marco legal vigente durante ambas campañas.
La decisión del colegiado permitió que el 3 de agosto el exmandatario recuperara la libertad tras permanecer recluido en un penal limeño. A su vez, la sede judicial clausuró las medidas coercitivas que pesaban sobre su cónyuge, quien reside actualmente en Brasil bajo la condición de asilo político acompañada por su hijo menor.
Archivo definitivo y cancelación de capturas internacionales
Por ende, el tribunal decretó el archivo formal de la causa y ordenó revocar las órdenes de captura internacional emitidas contra la exfuncionaria. Durante el juicio oral, ambos imputados rechazaron haber recibido transferencias directas u operaciones financieras ilícitas vinculadas al expresidente Hugo Chávez o a directivos de la constructora de origen brasileño. (Agencia OPI Santa Cruz)