El traslado penitenciario desde Concordia clausura una década de actuaciones procesales contra exfuncionarios provinciales por peculado continuado, tras la desestimación definitiva de los recursos extraordinarios que pretendían frenar las penas de cumplimiento efectivo.
El exgobernador Sergio Urribarri ingresó a la Unidad Penal N°1 de Paraná para cumplir una condena de ocho años de prisión de ejecución efectiva por delitos contra la administración pública. La detención se materializó en su domicilio de Concordia, tras una orden emitida por el Tribunal de Juicio que dispuso la inmediata captura tras el rechazo del último recurso de queja presentado ante la justicia federal.
Efectivos de la Policía de Entre Ríos ejecutaron el procedimiento en la ciudad de Concordia durante la madrugada y custodiaron el traslado terrestre a lo largo de 280 kilómetros hasta la capital provincial. La medida cobró operatividad directa luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimara la queja procesal interpuesta por los defensores, circunstancia que dejó firme la sentencia condenatoria dictada contra Urribarri.
El dispositivo de seguridad incluyó el encarcelamiento simultáneo de los otros dos imputados en el mismo expediente judicial. La orden de encierro carcelario alcanzó a Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, y a Pedro Báez, quien se desempeñó como ministro de Comunicación de Entre Ríos. La magistratura dispuso el alojamiento formal de los tres sentenciados en las instalaciones penitenciarias de la ciudad de Paraná.
La defensa técnica de Urribarri presentó un requerimiento de prisión domiciliaria con el propósito de evitar el encierro en un establecimiento penitenciario común para el sentenciado de 67 años. El escrito argumentó afecciones psicofísicas sustentadas en cuadros de estrés postraumático, crisis de hipertensión y problemas cardíacos. El tribunal desestimó el planteo al constatar que las patologías descritas no alcanzaron entidad suficiente para suspender la reclusión carcelaria ordinaria.
La resolución judicial determinó que el sistema de sanidad penitenciaria dispone de los medios requeridos para controlar las condiciones clínicas del recluso en el presidio provincial. El tribunal descartó que el estado de salud represente una justificación para suspender el cumplimiento efectivo de la condena, ordenando la continuidad del alojamiento carcelario junto a los demás condenados en el penal paranaense.
El Tribunal de Juicio ratificó el esquema de corrupción publicitaria
La condena original data del año 2022, instancia en la que los magistrados consideraron acreditados los delitos de negociación incompatible con la función pública y peculado. La sentencia demostró la operatividad de una estructura orientada al desvío sistemático de fondos del erario hacia firmas comerciales administradas por personas vinculadas de manera directa al entorno familiar de Urribarri.
Los hechos comprobados acontecieron entre los años 2010 y 2015, período en el cual se instrumentaron contrataciones simuladas de publicidad oficial. El flujo de fondos públicos provinciales fue canalizado hacia las compañías vinculadas a Aguilera mediante maniobras administrativas coordinadas desde el área ministerial que dirigía Báez para el direccionamiento irregular de los recursos estatales.
La investigación judicial constató que los contratos publicitarios carecían de contraprestación real y funcionaban como una pantalla formal para la extracción de fondos del Estado. Las adjudicaciones simuladas drenaron partidas asignadas desde el presupuesto entrerriano directamente a las cuentas bancarias de las sociedades ligadas a los allegados del exmandatario provincial.
El pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia clausuró definitivamente los recursos extraordinarios tramitados por las representaciones legales de los imputados. Con la confirmación de la sentencia, la causa ingresó en etapa de ejecución penal estricta en los tribunales de Paraná, dando curso al cumplimiento efectivo de los ocho años de encierro dictados por la justicia entrerriana. (Agencia OPI Santa Cruz)