El plenario legislativo despachó para su promulgación la reforma constitucional que rebaja el tope a 40 horas semanales bajo el régimen CLT, tras sumar 75 voluntades afirmativas frente a un único rechazo en doble votación.
El pleno del Senado de Brasil concluyó en Brasilia la tramitación parlamentaria de la Propuesta de Enmienda Constitucional que extingue el régimen laboral de seis días de actividad por uno de descanso, consagrando la transición definitiva hacia una pauta semanal de dos jornadas de franco.
La iniciativa recibió el respaldo de 75 votos a favor y computó 1 voto en contra durante las dos rondas reglamentarias de votación en el recinto parlamentario. La pieza legislativa había obtenido el aval inicial de la Cámara de Diputados en mayo pasado e ingresó formalmente al debate de la Comisión de Constitución y Justicia en agosto, superando el procedimiento de la Cámara Alta sin alteraciones sobre su redacción, lo que habilita su promulgación directa sin requerir nuevos pasos legislativos.
El proyecto contó con el impulso formal del presidente Luiz Inácio Lula da Silva, alineado en el Partido de los Trabajadores, mientras que el legislador opositor Flávio Bolsonaro, referente del Partido Liberal, modificó su postura de rechazo original y adhirió afirmativamente al articulado en la instancia final del tratamiento.
La reforma introduce un cronograma vinculante para desmantelar la carga máxima de 44 horas semanales vinculada al esquema 6×1. El esquema legal estipula que a los 60 días posteriores a la promulgación del texto enmendado, las unidades productivas adoptarán de forma obligatoria el modelo 5×2 con una reducción del límite laboral a 42 horas semanales. Concluido un período adicional de 12 meses, el régimen descenderá al tope definitivo de 40 horas semanales.
El articulado contempla pautas de jornada diferenciada destinadas a personal con titulación universitaria cuyos ingresos alcancen o superen 21.188,87 reales (4.195,8 dólares). Bajo este umbral de remuneración, la extensión del tiempo de servicio admitirá convenios de negociación directa entre las patronales y los dependientes, resguardando en todos los términos la continuidad del formato 5×2 dentro de la Consolidación de las Leyes del Trabajo. (Agencia OPI Santa Cruz)