- Publicidad -

Segundo informe de la Auditoría 2018 a la Municipalidad de El Calafate

Segundo informe de la Auditoría 2018 a la Municipalidad de El Calafate

15:00 – En esta oportunidad, vamos a dar a conocer la segunda parte del análisis que realizamos a la Auditoría que el Tribunal de Cuentas le realizó al municipio de El Calafate a finales del año 2018.

En el primer informe publicamos algunos ítems auditados por el TC, donde se plantearon una serie de irregularidades que por observación del mismo Tribunal, se repiten a lo largo de los años y entre las auditorías del año 2009, 2014 y 2018, existen faltas graves que se arrastran año a año y no han sido subsanadas en la última auditoría cuyo informe es claro y preciso sobre esta falta de cumplimiento de las normas.

https://opisantacruz.wpengine.com/2019/05/16/que-encontro-el-tribunal-de-cuenta-en-la-auditoria-a-la-municipalidad-de-el-calafate/

Alojamientos

Con respecto a la rendición de los “Alojamientos” contratados por el municipio de El Calafate para al Fiesta del Lago 2018, la auditoría remarcó un comportamiento similar a la de los contratos de artistas para el evento, publicidades y pasajes.

Ninguno de los alojamientos rendidos contaban con el detalle ni requerimiento previo de los beneficiarios, limitándose en todo caso a efectuar un reconocimiento del gasto (solamente) situación que está por fuera de la reglamentación contable vigente y no cumplen en ningún caso, con las exigencias de transparencia en la inversión de fondos públicos.

A modo de ejemplo, vamos a citar algunos de estos alojamientos incluídos en la auditoría que suman $ 271.878,20 :

26/02/18 en Hotel Belgrano $ 49.500,00 bajo el concepto “Iluminación para Fiesta del Lago”.

24/04/18 en Hotel Los Álamos $ 75.449,40 con el concepto “Alojamiento de personal de prensa y otros”.

24/04/18 en Hotel Los Álamos $ 7.121,90 por el concepto “Alojamiento de autoridades

24/04/18 en Hotel Los Álamos $ 85.806,90 por “Alojamiento de Autoridades

Un detalle a tener en cuenta que en el informe del Tribunal de Cuentas, al pie de las irregularidades dictadas en este caso y en otros, los auditores dejaron expresado la siguiente observación:

Es importante dejar de manifiesto que esta observación se observa año a año en Estudios de Cuentas y/o inspecciones, no habiendo notado avances por parte de los responsables, respecto a las observaciones oportunamente planteada en los “alojamientos”.

Esta observación, como en los demás rubros auditados, desnudan una realidad: Javier Belloni en su municipio no rectifica los procedimientos irregulares en los que incurre contablemente, al menos desde el año 2014, cuando la anterior auditoría le marcaron todas y cada una de con el compromiso y la obligación de rectificar y subsanarlas, por parte del Intendente. Cuatro años después, el municipio siguió haciendo lo mismo, sin dar cuenta de respetar el marco legal, lo cual deja sospechas concretas de malversación de fondos dentro de su administración.

Alquileres

Por Orden de Pago Nº 57685 del 12 de enero de 2018 el municipio de El Calafate renovó contrato con la Inmobiliaria Polar de patricio Icaruso en una propiedad ubicada en calle Nº 43/45  “B” planta baja en El Calafate.

El contrato suscripto con la inmobiliaria local es por 24 meses (del 01/01/18 al 01/12/19) acordándose el pago de $ 180.000,00 a pagar entre el 01/01 del 2018 y el día 10 de enero del mismo año, bajo el concepto de “mensualidad adelantada”. Allí se indica que el inmueble es destinado exclusivamente a vivienda familiar y lo encuadraron dentro de la contratación apoyada en el Decreto Municipal Nº 38/2018 de fecha 11/01/18 apartado e) Art 26 de la ley 760, indica el documento. El 12 de enero de 2018 la Municipalidad libró la suma total del contrato, menos las retenciones de ley por un total líquido de $ 175.537,19 (OP Nº 42412/18).

En el informe de auditoría los inspectores no pudieron encontrar el motivo que justifique el destino “institucional y específico de la contratación” por cuanto de acuerdo al contrato realizado, se trata de una vivienda de uso unipersonal, pero paralelamente el auditor no encontró ningún requerimiento en ningún área del municipio que plantee la necesidad y urgencia del alquiler de una vivienda.

Los auditores tampoco encontraron norma alguna que permita el pago anticipado de obligaciones aún no devengadas “bajo ningún concepto”, expresa el informe, agregando textualmente “ Sumado a ello existe una imposibilidad fáctica de la existencia de la prestación de un servicio futuro”, expresa.

El Tribunal de Cuentas verificó la ausencia de prueba documental que permita determinar que el inmueble posee “características únicas” que facilitan al municipio encuadrar la contratación en la excepción establecida en el apartado e) del Art Nº 26 de la Ley 760, no existiendo en el trámite alguna documentación que le permita establecer que el precio abonado por el arrendamiento, corresponde a los valores que fija el mercado. Allí mismo el TC indica que se debiera haber realizado una compulsa de precios, solicitando en el mercado un inmueble de similares características, superficie y ubicación de lo que se quiere alquilar.

Otra cuestión que llama la atención es que, según consta en el informe de auditoría del año 2018, el TC indica claramente “Las observaciones planteadas debiendo probar documentalmente cada uno de los ítems observados ya fueron notificados en el Estudio Contable del año 2014 por idéntica observación y habiendo los auditores tomado conocimiento de los mismos”.

Pasado en limpio:  a la municipalidad de El Calafate en el año 2014 le hicieron observaciones por irregularidades que 4 años después, en la próxima auditoría las cosas sigue exactamente igual. Nunca se mejoraron ni se cumplió con la ley.

Convenio de Limpieza

El 21 de junio de 2018 la Municipalidad de El Calafate firmó un convenio con el Consejo provincial de Educación para el servicio general de limpieza donde la comuna cobra la suma de $ 1.328.100,00 mensuales a mes vencido. Los auditores no encontraron la rendición de cuenta de los fondos de junio/agosto 2018, ni las certificaciones de servicios prestados, no figura el listado del personal afectado a la limpieza, el carácter de revista de cada uno, ni se presentaron los contratos de prestaciones de servicio entre las partes. También los auditores, de acuerdo a la documentación oficial analizada por OPI, no pudieron encontrar el detalle de los fondos recibidos del Consejo Provincial de Educación.

Patrimonio- Automotores.

En el rubro automotor, la inspección se remitió a las altas patrimoniales 2016, 2017 y 2018 donde se estableció que las mismas no cumplen con los requisitos establecidos en la Acordada Nº 54 en su Art 45 apartado h) que oportunamente y a pesar de lo solicitado en cada oportunidad, el municipio no remitió al Tribunal de Cuenta junto con la correspondiente Rendición de Cuentas dispuesta en la Acordada Nº 54 en su Art 99.

En la planilla de automotores entregada a los auditores figuran los datos del vehículo, pero carece de número de legajo de incorporación al patrimonio municipal.

Los auditores verificaron un listado con los siguientes vehículos que no estarían en poder del municipio, al menos en los papeles administrativos:

EKM530, figura donado a El Chaltén. PER965, PER966, ambos bajo “Convenio SAMIC”; OSC463, OSC464, KLH037 y KLH038, afectados a convenio con la Policía, MRR629 figura en Comodato al Hospital de Las Heras y el vehículo OCC152, está registrado con el llamativo título “Convenio Grassi”.

Sin embargo, los auditores no pudieron encontrar ni lograron que desde el municipio les presentaran los convenios firmados y refrendados por las autoridades respectivas donde consten que los bienes fueron remitidos a esos organismos (Policía y hospital); el vehículo EKM530 donado a El Chaltén carece del legajo correspondiente que permita a la municipalidad de El Calafate desligarse de responsabilidades hacia terceros y /o juicios que pudieran existir sobre el titular del dominio.

Obra Pública

El informe de Auditoría inicia este rubro con un título más que sugestivo desde el inicio mismo del rubro, donde dice: “Utilización indebida de la Ley 2.743 “Ley Provincial de Obras Públicas”.

La Municipalidad de El Calafate abonó mediante Orden de Pago Nº 59.359 a la firma comercial Beecher Percy Repuesto, la suma de $ 90.670,00 por la compra de una caja de cambio para una Ford Cargo, afectado a obras del municipio.

Por OP Nº 59.632 el municipio pagó la suma de $ 1,300.000,00 por un semirremolque tanque de 25m3 de dos ejes con cubiertas, destinado a Obras Públicas de El Calafate (Concurso de precios Nº 113/18).

Las dos compras el municipio las encuadró dentro de la Ley 2.743 denominada “ley Provincial de Obra Pública”. El encuadramiento es incorrecto y el TC le advirtió que “no toda las adquisiciones destinada a la Secretaría de Planeamiento, Urbanismo y Obra pública, se considera obra pública sino que esos bienes son parte complementaria de esa obra, lo cual, a consideración de los inspectores, no se encuentra expresado en las correspondientes Ordenes de Pago“.

Estas contrataciones del municipio debieran haberse efectuado de acuerdo a los montos de contratación estipulados en la Ley 760, lo cual implica un procedimiento de contratación distinta al empleado. En sintonía con ello, el municipio realizó incorrectamente las contrataciones de la Orden de Pago Nº 59.359 la cual debiera haberse instrumentado por Concurso de Precios y la OP Nº 59.632, se tendría que haber hecho por Licitación Pública. Nada de esto se hizo.

Viáticos

La municipalidad de El Calafate hace pago de viáticos sin ajustarse a la reglamentación vigente (Decreto Nº 2296/95) por cuanto lo hace de forma posterior al inicio de la comisión de servicio y en todos los casos no figuran los motivos que justifiquen dicha omisión. Esta anormalidad con el manejo de los viáticos, el municipio lo arrastra desde el año 2009 (notificado por el TC en fallo 2.454 del 06 de marzo de 2013), reiterado en fallo del TC 2.471 del 03 de julio de 2013 y vuelto a observar en la auditoría de 2014 y en la del año 2018.

El municipio de El Calafate incumple el Decreto 2296/95, en tanto nunca incorporó a las rendiciones de cuentas la documentación referida al trámite como solicitud de viático, instrumento legal de autorización de comisiones, planilla de cumplimento de comisiones de servicio respaldando la erogación de fondos con los cargos a rendir únicamente con comprobantes que identifiquen a la municipalidad como “el real adquirente” cuya fecha de emisión se encuentre dentro del periodo en el cual se autoriza y no como sucede desde el 2009 a la fecha.

Honorarios a Germanos & Asociados

El 30 de  mayo de 2018 mediante libramiento Nº 43446/18 Javier Belloni, intendente, le pagó a la firma Carlos Germanos & Asociados SRL la suma de $ 475.100,00 bajo el concepto “Honorarios por la investigación de trazar un diagnóstico de la realidad turística de la ciudad de El Calafate a partir de un estudio cuantitativo”.

En la Orden de Pago Nº 15.490/18 el municipio expresó “ésta modalidad de investigación permitirá obtener información confiable y en profundidad, respecto a las principales tendencias y percepciones de la opinión pública, centradas en el diagnóstico del desarrollo del turismo en El Calafate, los hábitos de los turistas que visitan la ciudad, los hábitos de compra, desde qué ciudades arriban y cuáles son las atracciones más elegidas”.

La municipalidad hizo contratación directa de Germanos & Asociados por Decreto Nº 370/18  y la encuadró en el apartado e) del Artículo 26 de la Ley 760, la cual en sus fundamentos es “para adquirir bienes cuya fabricación sea exclusiva para quienes tengan privilegios para ello y no hubiera posibilidades de razonable sustitución”.

Lo auditores no pudieron encontrar el informe objeto de la contratación ni la certificación que les permitiera determinar la realización del servicio contratado. Tampoco pudieron determinar la documentación que pudiera demostrar la inclusión de dicha contratación en el encuadre legal de las municipalidades.

(Próximamente el tercer y último informe) – (Agencia OPI Santa Cruz)

spot_img

Suscribité al Newsletter

Más Noticias

- Publicidad -spot_img

Más Noticias

1 COMENTARIO

  1. El Hotel Belgrano se dedica a iluminación de eventos ? Muy raro por qué no tiene habilitación de ningún tipo . Averigüemos y se sorprenderán !!!

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí