ARCA lanza plan de facilidades para regularizar deudas

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La Administración Federal de Recursos de Argentina (ARCA) implementó un nuevo régimen de facilidades de pago destinado a contribuyentes con deudas del Impuesto a las Ganancias originadas por errores en el cómputo o la actualización de quebrantos impositivos. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 5688/25, publicada en el Boletín Oficial, y busca ordenar una situación fiscal controversial que afecta a numerosas empresas y profesionales.

El nuevo plan permite regularizar la deuda generada por haber computado quebrantos de ejercicios anteriores en valores actualizados —cuando la normativa exige que sean a valores históricos—. También abarca los casos donde se ajustaron los quebrantos correctamente, pero igualmente se generó deuda por interpretación restrictiva de la normativa vigente.

Uno de los puntos centrales del régimen, según explicó el tributarista Sebastián Domínguez, es que la adhesión implica una renuncia expresa a la acción y derecho de repetición, según el artículo 81 de la Ley 11.683. Esto significa que quienes ingresen al plan no podrán luego reclamar judicial ni administrativamente los importes pagados, una condición que, según Domínguez, le resta atractivo al programa para ciertos contribuyentes.

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El régimen establece una fecha límite de adhesión general hasta el 31 de julio de 2025. Para quienes hayan cerrado sus ejercicios entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, el plazo se extiende hasta el mes siguiente al vencimiento de la declaración jurada. Se exige un pago a cuenta del 3% de la deuda consolidada, con un mínimo de $50.000, y permite financiar el saldo en hasta 36 cuotas mensuales iguales, también con un piso de $50.000 por cuota. La tasa de interés aplicable es el 50% de la vigente para intereses resarcitorios, actualmente del 2% mensual.

No se contemplan quitas de capital, intereses ni multas. En causas en discusión, se exige además el allanamiento y/o desistimiento formal mediante presentación digital a través del formulario F.408/PD.

La posición oficial de ARCA se sustenta en un dictamen de la Dirección Nacional de Impuestos (DNI) emitido en noviembre de 2024, que señala que la Ley del Impuesto a las Ganancias no permite actualizar los quebrantos por inflación, dado que el artículo 93 suspende las actualizaciones excepto en casos puntuales no aplicables a este ítem.

Pese a esta interpretación oficial, existen posturas jurídicas contrarias que sostienen que sí puede aplicarse un ajuste por inflación a los quebrantos, utilizando índices como el de precios mayoristas. Por este motivo, expertos como Domínguez recomiendan a los contribuyentes evaluar caso por caso, considerando los riesgos jurídicos, los costos financieros y el impacto fiscal de adherir o no al plan de facilidades de pago. (Agencia OPI Santa Cruz)

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