El juez federal de Río Gallegos, Claudio Marcelo Vázquez declaró la nulidad de la Resolución 460/2025 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) que autoriza el ingreso de carne con hueso y otros productos provenientes de zonas libres de fiebre aftosa con vacunación hacia la zona libre sin vacunación de la Patagonia, como en la provincia de Santa Cruz.
La decisión se adoptó este jueves al hacer lugar al amparo presentado por la Federación de Instituciones Agropecuarias de Santa Cruz (FIAS) y dispone que se deberá dejar de aplicar la resolución de SENASA en el territorio provincial.
Entre los fundamentos del fallo, Vázquez señala como eje central la aplicación del principio precautorio, consagrado en la Ley General del Ambiente y respaldado por el artículo 41 de la Constitución Nacional, que da rango constitucional a los tratados internacionales en la materia ambiental.
El juez señala en su escrito que no se acreditó cuál sería la ventaja sanitaria específica para la región patagónica que compensara la eventual exposición a un riesgo, aunque mínimo, de reintroducción de fiebre aftosa.
Atento a que la Patagonia cuenta con reconocimiento internacional como zona libre de fiebre aftosa sin vacunación, condición que habilita el acceso a mercados altamente exigentes, Vázquez no considera que la norma del SENASA sea irrazonable para el territorio nacional, aunque si sostiene que en su aplicación a la zona libre sin vacunación de la Patagonia y en particular en la provincia de Santa Cruz, la decisión no aparece debidamente justificada frente al valor sanitario y económico que representa la preservación de ese estatus diferencial.
Vázquez recalcó que en Santa Cruz se concentra “una parte significativa del stock ovino nacional y que la ganadería es un pilar histórico, económico y cultural de la provincia”.
Desde la FIAS celebraron el fallo atento a que implica un respaldo institucional a la defensa del estatus “libre sin vacunación” y a la autonomía regional para preservar su perfil sanitario y productivo. (Agencia OPI Santa Cruz)