Baker Hughes descarta participar del proyecto Sea Lion

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Bajo apercibimiento de exclusión del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones y pérdida de contratos en Vaca Muerta, tres prestadoras internacionales acataron el Decreto 868/2026 y cancelaron servicios en la cuenca de Malvinas.

Las contratistas de servicios petroleros SLB, Halliburton Argentina y Baker Hughes Argentina descartaron formalmente participar en proyectos hidrocarburíferos en las Islas Malvinas y sus espacios marítimos adyacentes. El pronunciamiento corporativo respondió a las exigencias regulatorias impuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, disposición que inhabilita comercialmente a cualquier compañía involucrada en actividades de exploración o producción no autorizadas sobre la plataforma continental argentina.

La reglamentación del Decreto 868/2026, formalizada el 5 de septiembre de 2026, complementa el régimen punitivo de la Ley 26.659 al supeditar nuevas concesiones hidrocarburíferas y beneficios fiscales a declaraciones juradas de estricto cumplimiento soberano. Con este marco normativo, las prestadoras de servicios quedaron forzadas a optar entre licitaciones en áreas no reconocidas o mantener sus contratos multimillonarios activos en las cuencas productivas del territorio nacional.

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Ante este esquema de penalidades administrativas, SLB comunicó formalmente al mercado energético que desiste de intervenir en licitaciones británicas vinculadas al archipiélago malvinense y sus espacios marítimos circundantes. El posicionamiento de SLB buscó preservar su facturación recurrente en los desarrollos no convencionales de gas y petróleo de la cuenca neuquina, donde las operadoras privadas y estatales concentran los mayores volúmenes de inversión en equipos de perforación y fractura hidráulica.

Las contratistas descartan el proyecto offshore Sea Lion

En sintonía documental, Halliburton Argentina ratificó el acatamiento integral a las leyes de la República Argentina y confirmó su renuncia explícita a prestar servicios en el proyecto petrolero Sea Lion. Dicho yacimiento en litigio se ubica a 220 kilómetros al norte de las islas, bajo control de operadoras británicas sin habilitación de la autoridad energética local, cuya ejecución comercial demandaba infraestructura de completación de pozos de alta complejidad.

Baker Hughes Argentina replicó la postura institucional y notificó que tampoco intervendrá en licitaciones en los espacios insulares y marítimos adyacentes a Malvinas. La compañía de servicios justificó su alineamiento en su permanencia ininterrumpida de más de 70 años en la industria energética del país, un activo operativo que corría riesgo de inhabilitación registral ante las penalidades de revocación de personería contempladas en el marco regulatorio vigente.

YPF Sociedad Anónima condiciona la provisión de equipos

Tras conocerse las declaraciones juradas de las contratistas, la conducción de YPF Sociedad Anónima, liderada por su presidente y director ejecutivo Horacio Daniel Marín, celebró públicamente las resoluciones adoptadas por los tres grupos proveedores. YPF Sociedad Anónima consideró que la permanencia de estas firmas asegura la provisión ininterrumpida de tecnología crítica para cumplir con las metas de perforación y extracción de crudo liviano proyectadas para el período en curso.

La comunicación institucional de YPF Sociedad Anónima omitió el trasfondo coercitivo que motivó la retirada de los conglomerados internacionales de la cuenca austral en litigio. Para las corporaciones de servicios petroleros, el volumen de negocios proyectado en Malvinas resultaba financieramente inviable ante la amenaza de perder el acceso a los incentivos fiscales del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones y a los programas plurianuales de perforación masiva en el país.

Con la documentación legal asentada formalmente en la Secretaría de Energía de la Nación, SLB, Halliburton Argentina y Baker Hughes Argentina ratificaron su estatus registral para contratar con operadoras en territorio continental. El cumplimiento de las exigencias del Decreto 868/2026 clausuró la posibilidad de prestar servicios concurrentes en Malvinas y fijó la renuncia a la cuenca en disputa como condición excluyente para operar en el sector energético nacional. (Agencia OPI Santa Cruz)

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