(Por: Rubén Lasagno) – Los diputados nacionales José Luis Garrido (SER) y Jairo Guzmán (LLA) votaron a mano alzada la llamada Ley Hojarasca, cuyo fin, según explicó el gobierno, es “eliminar leyes viejas”. Ahora, sería bueno preguntarle a ambos legisladores si en realidad leyeron lo que firmaron?. Y aquí se lo vamos a contar.
Como lo adelantamos en otro informe anterior, ambos legisladores y en nombre de Santa Cruz, eliminaron la Ley N° 19.648 llamada sintéticamente “Ley del carbón” sancionada originalmente en mayo de 1972 la cual, en términos generales, otorgaba un respaldo estatal y estratégico absoluto a la actividad carbonífera (especialmente orientada a la YCRT en Río Turbio). Al declararla de “interés nacional“, obligaba al Estado a sostener, priorizar y financiar la industria.
La ley suprimida declaraba de interés nacional la prospección, exploración, explotación, depuración, industrialización y comercialización del carbón mineral argentino; que el mineral extraído debía permanecer en manos del Estado; debía ser utilizado como combustible principal en las termoeléctricas del país y promovía la construcción de puertos de carga.
El gobierno de Milei justificó su eliminación (junto a decenas de otras leyes) argumentando que es una normativa “obsoleta” sancionada hace más de 50 años.
Los que votaron contra la cuenca
Para las comunidades de Río Turbio y 28 de Noviembre, la eliminación de esta norma es una luz roja. Al quitarle la jerarquía jurídica de “interés nacional”, el Estado Nacional se puede desligar de la responsabilidad de sostener a YCRT, como ocurre actualmente.
Esto que firmaron Garrido y Guzmán con lo cual le dieron media sanción, le quita blindaje legal a la empresa y podría ser el paso previo para justificar su desfinanciamiento o eventual privatización hacia la cual va el complejo minero.

Dentro del paquete de la “Ley Hojarasca” que acaba de recibir media sanción en la Cámara de Diputados, la mayoría de las normas que impactan directamente a la región patagónica (además de la ley del carbón) están vinculadas al sector de hidrocarburos, la energía y el manejo del subsuelo.
El argumento general del Ejecutivo nacional para su eliminación es que son leyes superadas por marcos regulatorios modernos y que generaban privilegios o burocracia para el Estado (¿?).
Las leyes son perfectibles
El argumento de “leyes superadas” o “viejas” es tan relativo como el tiempo y la velocidad en Física cuántica. Lo que hizo el gobierno es sacarse el lastre jurídico que le impide en algunos casos, traccionar como quiere y sin limitaciones en el orden legal del país, en base a la embestida para sacarse de encima ciertos compromisos y extrañamente, la mayoría de ellos afectan a la zona patagónica, como, por ejemplo la ley de “zona fría” que estos dos diputados también votaron con las dos manos.
En el ordenamiento jurídico argentino existen varias leyes fundamentales sancionadas hace más de medio siglo (antes de 1976) que, a pesar del paso del tiempo y las profundas transformaciones sociales, siguen siendo los pilares de la estructura legal del país gracias a sucesivas reformas y actualizaciones. Este es un claro ejemplo de que las leyes “viejas” no existen, sino que existen “intereses nuevos”.
Por ejemplo el Código Penal de la Nación (Ley 11.179) sancionado en 1921 (Más de 100 años de vigencia); la Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744) sancionada en 1974 (52 años de vigencia); la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos (Ley 19.549) sancionada en 1972 (54 años de vigencia) o el Régimen Legal de la Propiedad Intelectual (Ley 11.723) sancionada en 1933 (93 años de vigencia). Si todas ellas tienen más de 50 años ¿Por qué no fueron eliminadas con la Ley de Hojarasca?.
Obvio que las excusas y argumentaciones son falsas. El gobierno necesitaba deshacerse de los límites jurídicos que le impedían tener manos libres. Y todo esto, sin cuestionarlo y ni siquiera leerlo, fue firmado por José Luis Garrido y Jairo Guzmán, que siguen hablando en los medios de Santa Cruz, sin que nadie los moleste con preguntas incómodas.
Otras leyes que les dieron de baja
Otras leyes que entraron en la hojarasca de Milei, firmadas por Garrido y Guzmán son las que impactan directamente, como la ley del carbón y la de zona fría, en la Patagonia argentina. Entre ellas las siguientes:
Ley N° 23.678 (1989) – Liquidación de Regalías Petroleras establecía fórmulas y parámetros específicos para liquidar las regalías petroleras a favor de las provincias productoras a partir del año 1989.
El oficialismo la derogó sosteniendo que la norma “dejó de aplicarse” en la práctica, ya que el esquema de liquidación actual fue absorbido por la Ley de Hidrocarburos y por los distintos acuerdos celebrados en las últimas décadas entre el Estado Nacional y las provincias de la OFEPHI (Organización Federal de Estados Productores de Hidrocarburos).
Ley N° 21.778 (1978) – Contratos de Riesgo en Hidrocarburos facultaba exclusivamente a las empresas del Estado a convocar licitaciones y celebrar contratos de riesgo con terceros destinados a la exploración y explotación de hidrocarburos.
El Gobierno la derogó porque la norma resulta innecesaria frente a la actual Ley N° 17.319, la cual regula los permisos y concesiones sin requerir un andamiaje legal excepcional para que las empresas estatales puedan asociarse con privados.
Ley N° 23.419 (1986) – Exploración del Subsuelo por el Estado dictaba un régimen legal diferenciado sobre el uso del subsuelo cuando se trataba de exploraciones geológicas a cargo de empresas y sociedades del Estado la eliminación busca quitar las prerrogativas procesales o facilidades que esta norma le otorgaba al Estado frente a los privados a la hora de prospectar el subsuelo.
El recorte a la “Zona Fría”
Al analizar el impacto legislativo de este paquete en la Patagonia, es fundamental hacer una distinción técnica que suele cruzarse en el debate público: en la misma sesión del 20 de mayo de 2026 en la que se aprobó la Ley Hojarasca, la Cámara de Diputados también le dio media sanción a un proyecto del oficialismo que altera fuertemente el esquema de tarifas en el sur.
Se trata del recorte al régimen de subsidios por “Zonas Frías”. Aunque fue un dictamen separado, se debatió y aprobó en tándem, y es la medida con el impacto económico más drástico e inmediato para la región. Los cambios fundamentales que plantea afecta a la cobertura pues el subsidio dejará de aplicarse sobre la tarifa final plena y pasará a cubrir únicamente el precio del gas en origen (boca de pozo). De esta manera los costos de transporte y distribución quedan afuera del beneficio y deberán ser abonados a precio de mercado. Esto licúa el porcentaje real del subsidio y anticipa un salto significativo en las facturas que pagamos los usuarios residenciales e industriales en Santa Cruz, Tierra del Fuego, Chubut, Río Negro y Neuquén, como lo explicamos extensamente en un informa anterior.
De esta manera es importante resaltar que los que han votado favorablemente el diputado José Luis Garrido y Jairo Guzmán, es la quita de beneficios puntuales a la zona patagónica y si bien aún falta la instancia del Senado, es importante tener en cuenta de qué lado están estos legisladores que seguramente en campaña del 2027, volverán a pedir el voto a los patagónicos. (Agencia OPI Santa Cruz)