Secreto fiscal: los bancos podrán pedir las declaraciones juradas de impuestos de sus clientes

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AFIP - Foto: OPI Santa Cruz/Francisco Muñoz

Según publica Clarín Esa posibilidad estaba suspendida desde 2016, con el blanqueo de capitales.

Los sujetos obligados a informar conductas o actividades sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF) podrán solicitar a sus clientes declaraciones juradas impositivas, con el objetivo de mejorar el esquema de prevención de lavado de activos y optimizar las herramientas de control para frenar los flujos financieros ilícitos, según una norma publicada este martes en el Boletín Oficial.

Se trata de la Resolución General 5125/2021 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), que reinstaura esta posibilidad, que había sido bloqueada en 2016.

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En ese año se había dictado una normativa que tenía como objetivo incentivar el blanqueo de capitales y, en ese marco, los sujetos obligados ante la UIF debían “abstenerse de pedir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales”.

Con esta modificación, bancos, entidades financieras, empresas aseguradoras, firmas dedicadas al transporte de caudales e intermediarias registradas ante la CNV, entre otros, están habilitadas a solicitar a sus clientes las declaraciones juradas impositivas, tal como ocurría antes de 2016.

La ley de prevención de lavado de activos detalla quiénes son los sujetos obligados a informar ante la UIF las conductas o actividades de las personas o sociedades a través de las cuales puede inferirse la existencia de una situación atípica que pueda configurar un hecho u operación sospechosa de lavado de activos o financiación de terrorismo.

Se trata de entidades financieras, aseguradoras, firmas intermediarias registradas ante la CNV y compañías dedicadas al transporte de caudales, entre otros.

La normativa define la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio, y así cada contribuyente decide, en el marco de su relación contractual, aceptar la solicitud y aportar sus declaraciones juradas impositivas.

La Ley 25.426 de prevención de lavado de activos especifica también que los sujetos obligados a informar a la UIF deben guardar secreto, por lo tanto las declaraciones juradas también se encuentran amparadas la confidencialidad. (Clarín)

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