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Se cae otra jugada judicial K: sobreseyeron a Mauricio Macri y a los jueces por las visitas a la quinta de Olivos

Mauricio Macri en el Foro Llao Lllao -

Según publica Clarín El juez Martínez De Giorgi estableció que las fechas denunciadas no coinciden con las que los camaristas Hornos y Borinsky fueron a la residencia o la Casa Rosada.

Por: Lucía Salinas

El juez federal Marcelo Martínez De Giorgi sobreseyó al expresidente Mauricio Macri y a los integrantes de la Cámara Federal de Casación Penal Mariano Borinsky y Gustavo Hornos, en la causa que inició con una denuncia del kirchnerismo por las visitas que esos jueces realizaron a la quinta de Olivos y a la Casa Rosada en forma oficial y pública. La fiscal del caso, Alejandra Magnano, considera que era prematuro firmar el sobreseimiento y apeló la decisión ante la Cámara Federal porteña.

El ministro de Justicia, Martín Soria, fue quien había accionado contra los camaristas por el registro de visitas a la quinta presidencial durante la gestión de Macri. La acusación principal, utilizada por Cristina Kirchner como argumento para que se desestimen las causas de corrupción en su contra, era que en esas reuniones se decidían cuestiones judiciales contra ella y sus funcionarios. Esa era la hipótesis central de la denuncia, que también firmaron los diputados kirchneristas Rodolfo Tailhade y Eduardo Valdés.

La Sala IV de la Cámara de Casación, integrada por los jueces Borinsky y Hornos, intervino en diversos expedientes que tienen como principal imputada a la vicepresidenta, a sus hijos Máximo y Florencia Kirchner, como a ex funcionarios de su gabinete y a su ex socio comercial, Lázaro Báez.

En una ampliación de la primer denuncia contra Macri y los camaristas sa sostenía “la posible comisión de diversos delitos por parte de los integrantes de la denominada ‘Mesa Judicial M’, organización criminal encargada de presionar sistemáticamente a funcionarios judiciales con el objetivo de afectar la independencia del Poder Judicial”.

Los denunciantes pusieron la lupa sobre seis visitas de Hornos a la Casa Rosada, “con el objeto de visitar al entonces Presidente de la Nación, Mauricio Macri días antes de dictar sentencias favorables a los intereses de ese mismo Presidente.”

En su descargo, los magistrados explicaron que esas reuniones nada tenían que ver con las fechas en las que se firmaron diversos fallos vinculados a las causas de corrupción. Al analizar el caso, el juez Martínez De Giorgi consideró que “no se han obtenido evidencias que avalen lo afirmado en la denuncia”.

Martínez De Giorgi consideró “que por la prueba obtenida a través de fuentes oficiales (informes elaborados por la Casa Militar) sólo pudo probarse la efectiva asistencia del doctor Mariano Borinsky a la quinta presidencial de Olivos en dos ocasiones (los días 5 de mayo de 2017 y 7 de mayo de 2018), fechas que no fueron consignadas en la denuncia”.

Al respecto indicó que Borinsky concurrió a la Quinta Presidencial de Olivos “junto con un grupo de personas, compuesta por los integrantes de la Comisión de Reforma al Código Penal de la Nación. Todos ellos se reunieron con Mauricio Macri, en su condición de Presidente de la República, y el entonces Ministro de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y la Ministra de Seguridad de la Nación”.

Entonces, concluyó el juez, “no se corroboró la concurrencia de Mariano Borinsky a la Quinta Presidencial de Olivos, ni a la Casa Rosada, en ninguna de las fechas mencionadas en la denuncia en su contra”.

Respecto del “doctor Gustavo Hornos, de todas las fechas cuya concurrencia a encuentros con Mauricio Macri se le atribuyeron, registró visitas tres días: 31 de octubre y 16 de noviembre de 2017 y el 13 de agosto de 2018”, indicó el magistrado.

Al respecto del camarista, Martínez De Giorgi dijo que si bien hubo encuentros que no respondían a ninguna agenda oficial “tampoco se obtuvieron evidencias, constancias documentales ni registros acerca de su contenido, situación que impide atribuirles valor determinado, y menos aún darle una connotación ilícita acorde a los términos, finalidad y encuadre legal que se indicó en la denuncia”.

Finalmente, el juez del caso señaló que en la denuncia “no se explicó ni se obtuvieron pruebas, acerca del modo en el que la sola presencia” de los magistrados en diversas reuniones con el Presidente “pudo haber involucrado la voluntad de los restantes integrantes del tribunal que emitió los pronunciamientos que se cuestionan, ni el modo en que esas visitas pudieron determinar la suerte de esas causas, frente a los remedios que el proceso penal ofrece para su cuestionamiento y revisión”.

En rechazo a ese planteo, la fiscal Alejandra Mangano apeló el sobreseimiento. En su dictamen sostuvo que “los argumentos expresados en el resolutorio cuestionado se sustentan en una valoración parcial y aislada de los elementos de prueba incorporados y no alcanzan para descartar, con la certeza negativa requerida en esta etapa instructora, la relevancia jurídico penal de la plataforma fáctica investigada”. (Clarín)

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