Telecomunicaciones: empresas deberán seguir aportando el 1% al Servicio Universal

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El Gobierno nacional reafirmó que las empresas de telecomunicaciones deben continuar aportando el 1% de sus ingresos totales para garantizar el acceso al Servicio Universal, pese a la reciente disolución del Fondo Fiduciario que administraba estos recursos. La medida fue comunicada a través de la Resolución 3/2025 del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa establece que los licenciatarios de servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) están obligados a mantener el aporte en los términos previstos por la Ley 27.078 y el Decreto 6/2025. Este último confirma la continuidad de la política pública orientada a asegurar la prestación de servicios TIC en condiciones de calidad, asequibilidad y precios justos para todos los usuarios, independientemente de su ubicación geográfica.

El ENACOM destacó que, a pesar de la eliminación del Fondo Fiduciario del Servicio Universal, sigue vigente el compromiso de los licenciatarios de servicios TIC de realizar los aportes equivalentes al 1% de sus ingresos netos de impuestos y tasas. Asimismo, la resolución subrayó que las empresas deben cumplir con esta obligación hasta que se dicten las normas complementarias y se concluya el proceso de liquidación del fondo.

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La aclaración surge luego de una presentación de la empresa Telefónica, que argumentó no estar obligada a continuar con los pagos del aporte al Servicio Universal. La Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía respondió al planteo ratificando la obligación, señalando que el incumplimiento podría generar mora e intereses.

El artículo 18 de la Ley 27.078 consagra el acceso al Servicio Universal como una garantía del Estado nacional, asegurando que todos los usuarios cuenten con servicios de TIC en condiciones adecuadas y a precios razonables. Este principio se mantiene como eje central de la política pública en el sector, reforzado por la resolución emitida por el ENACOM. (Agencia OPI Santa Cruz)

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