El Ministerio de Economía modificó unilateralmente las reglas de juego en la facturación energética con la publicación de la Resolución 60/2026 en el Boletín Oficial. Sin mediar anuncios públicos, el Gobierno nacional modificó los períodos de ajustes estacionales que determinan el precio del gas que luego se traslada directamente a las boletas de los usuarios.
La medida sepulta el esquema anterior que dividía el año de manera simétrica. A partir de ahora el reloj tarifario se ajusta a un ciclo invernal acotado que rige desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre y un ciclo estival extendido del 1 de octubre al 30 de abril del año siguiente.
El fin de la estacionalidad regulatoria
La justificación técnica plasmada en los considerandos sostiene que el sistema previo quedó obsoleto tras la implementación del Precio Anual Uniforme. Según determinó la Secretaría de Energía, la tarifa dejará de responder a las variaciones clásicas del almanaque para empezar a reflejar estrictamente la dinámica de demanda del sistema gasífero, la cual registra incrementos significativos recién a partir de mayo.
La aceptación de las empresas distribuidoras no requerirá de un nuevo pacto explícito. La normativa dictamina que el simple hecho de presentar la próxima solicitud de traslado de precios al Ente Regulador oficializará su plena conformidad con las modificaciones en sus licencias. Un trámite burocrático automático que allana el terreno legal para aplicar los futuros cuadros tarifarios. (Agencia OPI Santa Cruz)