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Polémica por la decisión del Gobierno de difundir los datos de empresas que reciben ayuda oficial

Lo decidió la Jefatura de Gabinete para empresas que paguen salarios con fondos públicos. También los que reciban crédito a tasa cero

El Gobierno publicará los datos de las empresas alcanzadas por el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). La jefatura de  Gabinete, encabezada por Santiago Cafiero, dispondrá de los mismos. La decisión provocó el fuerte rechazo de sectores empresarios, quienes argumentan que se dan a conocer datos que deberían permanecer en reserva.

El Estado tomó una serie de medidas excepcionales y Jefatura de Gabinete podrá explicitar a sus beneficiarios. Será para las empresas que tuvieron rebajas en las contribuciones patronales y salarios “complementarios”. Los contribuyentes que recibieron créditos a tasa cero serán identificados sin nombres, sino por “la cantidad de beneficios acordados, el monto de los mismos agregados por categorías del régimen simplificado para pequeños contribuyentes o por revestir la condición de autónomos”.

El comité que monitorea el ATP está compuesto por los ministerios de Desarrollo Productivo, Trabajo, Economia y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) y AFIP proporcionarán la información a Jefatura de Gabinete y la irán actualizando con una periodicidad a determinar.

Las empresas que recibieron una rebaja del 95% en contribuciones patronales (en sectores como turismo y hotelería, que no pueden operar por la pandemia) serán identificadas a través de un listado de beneficiarios “incluyendo sus CUITs, nombres, actividad y especie de beneficio acordado”, según su informó en el Boletín Oficial.

En relación a las firmas que pidieron un “salario complementario” para su trabajadores, también se informará “el listado de empleadores cuyos trabajadores se ven alcanzados por el beneficio, incluyendo sus CUITs, nombres, actividad y cantidad de trabajadores beneficiados por empresa”.

El Gobierno definió que se dará publicidad a los siguientes datos:

-Respecto del beneficio de la postergación o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino,  el listado de beneficiarios incluyendo sus CUITs, nombres, actividad y especie de beneficio acordado.

-Respecto del beneficio del Salario Complementario, el listado de empleadores cuyos trabajadores se ven alcanzados por el beneficio, incluyendo sus CUITs, nombres, actividad y cantidad de trabajadores beneficiados por empresa.

-Respecto del beneficio del Crédito a Tasa Cero: la cantidad de beneficios (créditos) acordados y monto de los mismos agregados por categorías del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes o por revestir la condición de autónomos.

“Al efecto, la Anses y la AFIP deberían proporcionar la información correspondiente a tales beneficios a la Jefatura de Gabinete procediendo a actualizarla con la periodicidad que se determine para su correcta difusión”, expresó la norma oficial. (Clarín)

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