Pagará la mitad del sueldo de las compañías “estratégicas”. Quiénes pueden recibir el beneficio y cuáles son los requisitos.
Mediante un fondo especial, el Gobierno ayudará a las grandes empresas exportadoras que tengan que reestructurar su deuda. A través de la resolución 551/2020, el Ministerio de Desarrollo Productivo creó el “Programa de Asistencia a Empresas Estratégicas en proceso de Reestructuración de Pasivos” (PAEERP) para asistir económicamente a empresas.
Las compañías deben tener más de 500 empleados en relación de dependencia, estar en una situación económica y/o financiera con necesidad justificada de reestructuración de sus pasivos; deben vender bienes y/o servicios con alto contenido tecnológico y/o realizar exportaciones con alto valor agregado.
La ayuda consistirá en “Aportes No Reembolsables (ANR)” que las empresas deberán destinar al pago del 50% de la masa salarial bruta, que permita el funcionamiento de la empresa durante el proceso de reestructuración. En algunos casos “debidamente justificados” se podrá pagar hasta el 75% de la masa salarial bruta. La ayuda será por cuatro meses, aunque podrán ser prorrogados por dos meses más excepcionalmente.
La asistencia, que en ningún caso podrá ser aplicada a otro destino, será mensual y estará condicionada al cumplimiento de los objetivos y etapas del proyecto de reestructuración de pasivos.
Si la empresa es beneficiaria del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), las sumas percibidas tendrán como límite el 100% de la masa salarial bruta.
Las empresas que quieran acceder al beneficio deberán presentar un proyecto de reestructuración de deuda, con un análisis de la situación económica financiera de la empresa; una explicación detallada de las razones que han llevado a la empresa a optar por una reestructuración de sus pasivos; una explicación sobre la reestructuración de pasivos que se propone realizar; una justificación detallada de la sostenibilidad de los pasivos y de la viabilidad del plan de negocios de la empresa tras la reestructuración.
Además, deberán informar las etapas del proceso de reestructuración y de solicitud de asistencia y sus plazos previstos; una estimación de los desembolsos mensuales destinados a garantizar el funcionamiento de la empresa considerando los gastos vinculados a la reestructuración hasta tanto concluya el proceso; los últimos 3 estados contables de la empresa y copia de las declaraciones juradas de impuestos nacionales y provinciales correspondientes a los últimos 3 ejercicios fiscales; y un listado de acreedores.
Se creará un Comité de Evaluación del Programa que estará conformado por los titulares de las secretarías de la Pequeña y Mediana Empresa y la de Industria que deberá evaluar los proyectos presentados. Ellos elevarán los proyectos al Fondo Nacional de Desarrollo Productivo (Fondep) para que los apruebe. (Clarín)