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Rechazan otra vez la excarcelación de Ricardo Jaime porque fue condenado por corrupción

Ricardo Jaime ex funcionario Kirchnerista -

Según publica La Nación Los jueces Panelo, Basílico y Canero dijeron que, según la Constitución, quien se enriquece en el cargo “atenta contra el sistema democrático”; tiene cuatro condenas, la última a ocho años de cárcel.

Por: Hernán Cappiello

La Justicia volvió a rechazar la excarcelación del exsecretario de Transporte Ricardo Jaime, condenado en cuatro causas judiciales por corrupción: la última se produjo la semana pasada, cuando recibió una pena de ocho años de cárcel.

Jaime está preso desde 2016 y sus abogados pidieron que se le conceda la excarcelación. Argumentaron que tras su condena no hay riesgo de que entorpezca la investigación, que con el tiempo que lleva preso ya cumplió los dos tercios de sus condenas y que su prisión preventiva se encuentra vencida.

Sin embargo, los jueces que condenaron a Jaime la semana pasada por enriquecimiento ilícito, administración fraudulenta y cohecho por la compra de trenes chatarra a España y Portugal, Julio Panelo, Fernando Canero y Ricardo Basilico, entendieron que nada de esto se corroboró.

“Aunque se aplicara el denominado ‘método composicional’ de unificación de penas, la existencia de condenas anteriores hace que no avizoremos ‘a primera vista’ que Ricardo Raúl Jaime se encuentre dentro del plazo temporal exigido para que le sea otorgada la excarcelación”, señalaron.

Indicaron asimismo que “se encuentran plenamente vigentes” los riesgos procesales respecto de Jaime, sin que el dictado de la sentencia de condena, el pasado 1 de abril de 2022, haya cambiado las circunstancias que impiden que se le otorgue la excarcelación”. Entendieron que hay circunstancias objetivas “que hacen presumir fundadamente que, en caso de recuperar su libertad, el acusado intentará frustrar los objetivos de un proceso penal que todavía no ha finalizado”.

Por eso, tuvieron en cuenta “la gravedad de los delitos por los cuales Jaime resultó condenado por este Tribunal, cuya naturaleza es de actos de corrupción”. Y valoraron los compromisos asumidos por la Argentina al firmar tratados internacionales anticorrupción. En participar, dijeron que hay que tener en cuenta el artículo 36 de la Constitución, que indica que “atentará asimismo contra el sistema democrático quien incurriere en grave delito doloso contra el Estado que conlleve enriquecimiento”, que es precisamente uno de los delitos por los que fue condenado Jaime.

“Consideramos que los hechos por los cuales Jaime fue condenado resultan de sustancial gravedad y que ello obstaculiza la posibilidad de otorgar una libertad anticipada, de acuerdo a los compromisos internacionales que el Estado Argentino suscribió para aunar los esfuerzos y poder prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción en el ejercicio de las funciones públicas”, escribieron.

Jaime registra 13 procesos en trámite, nueve en etapa de instrucción y cuatro en etapa de juicio. A saber: por la licitación del tren bala Buenos Aires Rosario, donde enfrenta acusaciones de coimas; el caso contra Cristina Kirchner por los cuadernos de la corrupción, donde tiene tres acusaciones de recibir sobornos; otra causa por incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con la función pública; y el último, por recibir dádivas.

Los jueces señalaron con respecto a la morigeración de sus condiciones de detención que la prisión preventiva “resulta la medida más adecuada para garantizar su sujeción al proceso”.

Jaime tiene cuatro condenas. El exsecretario de Transporte fue sentenciado a seis meses de prisión en suspenso por la sustracción de pruebas; a un año y dos meses de prisión por recibir dádivas (en un juicio abreviado donde acordó esa pena con el fiscal); y a cinco años de cárcel por administración fraudulenta por la tragedia de Once. Pero esa condena fue elevada a ocho años cuando la Casación revisó el caso, lo condenó por estrago también y unificó todas las condenas anteriores.

Jaime fue a la Corte Suprema, porque dijo que ese aumento de pena no tuvo doble conforme, sino que solo fue decidido por la Casación. El máximo tribunal le dio la razón y mando a revisar ese aumento de pena por otra sala de Casación.

Ahora el fiscal debe opinar cómo se unifica esta nueva condena de ocho años con la condena anterior unificada a otros ocho años de cárcel. No se suman, sino que se integran. Luego el tribunal decidirá. (La Nación)

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