Juez habilita feria judicial para tramitar amparos contra DNU de Milei y decide acumularlos en su juzgado

El juez Enrique Lavié Pico, subrogante del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 2, habilitó hoy la feria judicial de verano para tramitar los amparos que cuestionan la constitucionalidad del mega Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 emitido por el presidente Javier Milei.

En respuesta a una presentación del Observatorio del Derecho a la Ciudad, el juez levantó el receso judicial para abordar el DNU y determinar su inconstitucionalidad. Además, Lavié Pico accedió al pedido del Gobierno para que este juzgado solicite al fuero laboral, donde ya existen dos medidas cautelares deteniendo las reformas laborales del DNU, que todos los amparos se acumulen en su juzgado.

Hasta ahora, dos amparos de la Cámara Nacional del Trabajo suspendieron las reformas laborales propuestas por el DNU, respondiendo a reclamos de la CGT y la CTA.

Por otro lado, el vocero presidencial, Manuel Adorni, anunció que el Gobierno presentará un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia contra el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que se opuso al capítulo laboral del mega DNU.

Contrariamente a la solicitud del Gobierno de concentrar todos los amparos en el fuero Contencioso Administrativo Federal, Lavié Pico decidió que cada caso se trate por separado, manteniendo el que él tiene contra la totalidad del DNU y el del fuero laboral con dos medidas cautelares que buscan un veto parcial.

El juez considera procedente la habilitación de la feria judicial debido al riesgo inminente de la posible frustración de derechos que no podrían encontrar protección oportuna durante el receso de enero. Dio traslado al Gobierno para que, en tres días, presente una defensa del DNU ante la cautelar y, en cinco días, sobre el fondo del asunto.

Lavié Pico argumentó que no está claro el colectivo involucrado ni los perjuicios producidos por igual a todos los sujetos que se pretende representar, lo que descarta la configuración de los requisitos necesarios para la procedencia formal de la acción colectiva.

El juez también cuestionó la representación del Observatorio del Derecho a la Ciudad, afirmando que no se puede afirmar que los intereses colectivos que pretende representar estén en la misma situación ni que sean homogéneos, ni que puedan examinarse cuestiones vinculadas a la competencia material atribuida por ley a otros tribunales. (Agencia OPI Santa Cruz) Con información de NA

spot_img

Suscribité al Newsletter

Más Noticias

- Publicidad -spot_img

Más Noticias

1 COMENTARIO

  1. HOOOJOOOOO MILEIIII, QUE VILLARRUELLLL Y MACRIIIII TE ESTAN ASERRUCHANDO EL PISOOOOOOO HOJOOO TE VAN A HASER GOLPE DE ESTADOOOOOOOO, EL ENEMIGOOOOOO LO TENES HAY SERQUITAAAA. HOJOOOO

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí