El Gobierno nacional oficializó este miércoles la desregulación del mercado de cabotaje marítimo mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025, publicado en el Boletín Oficial, con el objetivo de recuperar la competitividad, reducir los costos logísticos y evitar el colapso de la Marina Mercante Nacional. La medida habilita, entre otros puntos, la operación de buques extranjeros bajo matrícula argentina, la utilización de banderas de conveniencia por parte de operadores locales, la flexibilización en la contratación de tripulantes y la agilización de trámites para reparaciones e inscripciones navales.
Desde el Ejecutivo señalaron que la normativa responde a una situación de crisis estructural del sector naval argentino, con un marco normativo que, lejos de promover el desarrollo, termina encareciendo el transporte y poniendo en riesgo la continuidad de la actividad. El nuevo “Régimen de excepción de la Marina Mercante Nacional” busca alinear el sector con estándares internacionales de competitividad y facilitar su integración al comercio exterior. Además, se declaró a la navegación marítima y fluvial con fines comerciales como “servicio esencial“, abarcando el transporte de personas, mercaderías, carga y servicios costa afuera.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, defendió la iniciativa desde su cuenta de X (ex Twitter), citando el artículo 26 de la Constitución Nacional, que garantiza la libertad de navegación por los ríos interiores a todas las banderas. “El DNU 340/25 con firma de Javier Milei rescata el espíritu constitucional”, aseguró.
Entre los cambios clave, se destaca que los buques extranjeros podrán operar como si tuvieran matrícula nacional, siempre que estén tripulados mayoritariamente por argentinos o residentes —según lo establece la Ley de Navegación—, pero sus contratos laborales estarán regidos por la normativa del país de origen del buque. Al mismo tiempo, las empresas locales podrán acogerse a banderas de conveniencia, lo que les permitirá operar bajo jurisdicciones más flexibles en materia laboral y contractual.
Uno de los puntos más sensibles del nuevo régimen es la eliminación de la obligación de acordar con sindicatos la composición de la dotación de tripulantes. Desde el Gobierno señalaron que esta exigencia se prestaba a “extorsiones antes de zarpar“, y que ahora la tripulación será definida por el armador, con el único límite de la dotación mínima de seguridad establecida por la Prefectura Naval Argentina.
También se amplió de 30 a 60 días el plazo en que los buques internacionales pueden operar en tráfico de cabotaje, lo que según Sturzenegger permitirá reducir los sobrecostos que enfrentan zonas alejadas como Tierra del Fuego, donde actualmente las mercaderías deben transportarse al continente en camiones por la falta de una red marítima competitiva.
Por último, el decreto flexibiliza los requisitos para inscribir y dar de baja embarcaciones en la matrícula nacional y elimina restricciones que trababan el funcionamiento de talleres navales. La administración libertaria considera que estos cambios permitirán dinamizar el mercado, facilitar inversiones y reducir los costos del comercio interior y exterior. (Agencia OPI Santa Cruz)