Gobierno modifica la ley migratoria: endurece deportaciones y limita acceso gratuito a servicios

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El Gobierno nacional modificó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025 la Ley 25.871, que regula la política migratoria en el país, introduciendo cambios significativos en el acceso a la ciudadanía, la deportación y la prestación de servicios públicos para extranjeros. La actualización fue publicada este jueves en el Boletín Oficial y contempla, entre otras medidas, un endurecimiento en los procesos de deportación, así como nuevas condiciones para el acceso a la salud y la educación de las personas migrantes.

El decreto reafirma el principio de acceso igualitario a servicios sociales, educación, salud, justicia, trabajo y seguridad social para los inmigrantes, tanto regulares como irregulares, aunque establece condiciones específicas según la categoría migratoria de cada persona. En el ámbito educativo, se garantiza que los extranjeros, incluso aquellos en situación irregular, puedan acceder a establecimientos públicos o privados de nivel inicial, primario y secundario sin que su estatus migratorio sea motivo de discriminación. Además, las escuelas deberán brindar orientación para regularizar la situación migratoria cuando corresponda.

En cuanto al sistema de salud, el texto establece que en casos de emergencia no se podrá negar ni limitar la atención sanitaria a ningún extranjero, independientemente de su situación migratoria. Sin embargo, fuera de estos supuestos, el acceso a tratamientos médicos habituales en establecimientos administrados por el Estado nacional requerirá la presentación de un seguro de salud o el pago previo del servicio, según las condiciones que defina el Ministerio de Salud. Por otro lado, los extranjeros con residencia permanente tendrán acceso igualitario al sistema público de salud, equiparado al de los ciudadanos argentinos.

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Respecto a las categorías migratorias, el decreto detalla que la Dirección Nacional de Migraciones (DNM) será la autoridad encargada de evaluar y aprobar los cambios de categoría, incluyendo la figura de la “residencia precaria”, un permiso temporal de hasta 90 días que puede renovarse, pero que no otorga derechos para acreditar arraigo o naturalización. La residencia permanente será otorgada a aquellos extranjeros que demuestren medios económicos suficientes y no posean antecedentes penales que justifiquen un rechazo, además de permitir el ingreso y permanencia libre de hijos de argentinos nacidos en el extranjero.

El decreto también regula el derecho a la reunificación familiar, extendiendo permisos de permanencia a cónyuges, progenitores e hijos de argentinos o residentes permanentes y temporarios, con períodos máximos de estadía y posibilidades de prórroga y múltiples entradas y salidas.

En materia educativa superior, el texto mantiene la gratuidad para los estudios de grado en universidades estatales para argentinos nativos, naturalizados o por opción y para extranjeros con residencia permanente. En cambio, habilita a esas instituciones a cobrar aranceles o tasas a extranjeros sin residencia permanente, de acuerdo con sus normativas internas. También se contempla la posibilidad de becas para quienes no cuenten con residencia permanente, siempre que así lo prevean los estatutos universitarios o convenios internacionales.

La implementación y alcance de estas modificaciones serán monitoreados en los próximos meses, en un contexto regional donde las políticas migratorias están siendo objeto de ajuste en varios países. (Agencia OPI Santa Cruz)

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