Preocupan exclusiones a medios por parte de empresas con participación estatal

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La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) manifiesta su preocupación ante la marginación sufrida por Editorial Perfil y otros medios nacionales y regionales en la contratación de publicidad de empresas con participación estatal mayoritaria, como YPF, Aerolíneas Argentinas y Banco Nación.

La manifestación de ADEPA se extiende también al hecho de que Perfil no fue incluido entre los medios a los que se les cancelaron deudas contraídas con anterioridad al 10 de diciembre de 2023, lo que desconoce el principio de la continuidad jurídica de los actos estatales.

Ambas situaciones resultan preocupantes, por cuanto podrían implicar una sanción editorial o bien un trato desigual por parte del Estado, en contradicción con los principios de equidad, objetividad y proporcionalidad que deben regir la asignación de recursos públicos. ADEPA expresó esta preocupación en una carta enviada al vocero presidencial en marzo pasado, pero según lo manifestado por la Editorial Perfil y por otros medios, hasta hoy el problema no fue corregido.

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Diferentes funcionarios han pretendido justificar la exclusión como una decisión autónoma de “empresas comerciales”. Sin embargo, dichas compañías poseen participación mayoritaria del Estado Nacional, y sus administraciones son supervisadas por ministerios del Poder Ejecutivo Nacional.

Además, si las mismas se manejan con criterios exclusivamente comerciales, las contrataciones publicitarias (como cualquier otra de bienes o servicios) deben seguir una lógica de mercado. Excluir a medios que otras empresas de los sectores energético, aerocomercial o financiero no excluyen de sus inversiones publicitarias configuran un claro indicio de discriminación por razones editoriales.

Tal como lo señaló ADEPA en su documento publicado en febrero de 2024, la contratación publicitaria de organismos o empresas estatales –cualquiera sea la forma jurídica que estas tengan– se expresa en operaciones contractuales por las que se paga una contraprestación a valores de mercado. En dicha contratación se debe evitar cualquier forma de favoritismo o sanción por la línea editorial. Así lo establecieron los estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y el marco legal vigente. (Agencia OPI Santa Cruz)

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