El Gobierno nacional dio un paso definitivo en la disolución del Fondo Fiduciario Público del programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Procrear), al publicar este sábado en el Boletín Oficial la Resolución 764/2025 del Ministerio de Economía, que establece los mecanismos operativos para la liquidación del fondo y el traspaso de la administración de los créditos vigentes al Banco Hipotecario S.A.
La medida ejecuta lo dispuesto por el Decreto 1018/2024, firmado en noviembre del año pasado, que ordenó la eliminación del fideicomiso al considerarlo una carga fiscal innecesaria. Según ese decreto, el programa presentaba múltiples deficiencias en su funcionamiento, tanto en materia de control como de eficiencia operativa, y su continuidad no resultaba compatible con los objetivos de racionalización del gasto público que impulsa la actual gestión.
Entre los fundamentos de la medida, el Gobierno subrayó que la financiación de la vivienda es una tarea que corresponde al sistema bancario comercial, tanto público como privado, sin necesidad de intervención directa del Estado a través de fondos fiduciarios. Además, se citó un informe de auditoría de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN), que observó demoras significativas en la entrega de unidades habitacionales, incumplimientos de convenios —como el celebrado con la Universidad Tecnológica Nacional—, falta de condiciones adecuadas en algunas viviendas entregadas y deficiencias administrativas, como la no actualización de manuales de procedimiento. El informe también cuestionó la falta de transparencia, agilidad y eficacia en la gestión del programa.
La decisión se enmarca en lo dispuesto por la Ley 27.742, que declaró la emergencia pública y habilitó al Poder Ejecutivo a disolver fondos fiduciarios públicos con el fin de optimizar el funcionamiento del Estado, transparentar el gasto y reducir su estructura.
Si bien el fondo será disuelto, los créditos otorgados seguirán vigentes y serán administrados por el Banco Hipotecario bajo las mismas condiciones contractuales establecidas en el fideicomiso original de 2012. El Ministerio de Economía suscribirá un contrato con la entidad para mantener la gestión y operatividad del esquema financiero, incluyendo la recolección de pagos y la eventual venta de carteras con bajo rendimiento.
La Dirección Nacional de Normalización Patrimonial será la encargada de coordinar las acciones para la liquidación del fondo, entre ellas la instrucción al Banco Hipotecario para transferir los fondos cobrados a la Cuenta N° 2510/46 “Recaudación TGN” del Tesoro Nacional, una vez descontados los gastos administrativos y honorarios pactados.
Asimismo, el Ministerio de Economía quedará a cargo de la administración y disposición de los bienes muebles e inmuebles del fondo, y podrá firmar acuerdos con provincias, municipios, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e institutos de vivienda para transferir unidades habitacionales no adjudicadas. En los casos en que las tierras hayan sido aportadas originalmente por autoridades locales, se habilita su devolución total o parcial.
Por su parte, los inmuebles fiduciarios del Banco Hipotecario que no estén comprometidos en obras activas al momento de la entrada en vigencia del decreto serán traspasados a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), mediante convenios entre las partes intervinientes.
El producido de la cobranza de créditos y la eventual venta de activos será destinado a cancelar las obligaciones económicas pendientes del programa, respetando el orden de prelación previsto en el contrato fiduciario original. Las causas judiciales derivadas del programa disuelto quedarán bajo responsabilidad de una unidad jurídica que designará la Subsecretaría Legal del Ministerio de Economía.
La liquidación del Procrear se regirá por las disposiciones del Decreto 1018/2024, el contrato de fideicomiso de 2012, y las normas complementarias, como el Decreto 695/24 y la Resolución 796/24 del Ministerio de Economía. (Agencia OPI Santa Cruz)