(OPI Chubut) – El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria confirmó una situación crítica en la matriz productiva de la provincia al decretar el estado de alerta sanitaria por sarna ovina en siete departamentos de Chubut. La medida, oficializada mediante la Resolución 939/2025 y firmada por la titular del organismo María Beatriz Giraudo Gaviglio, responde a la ineficacia detectada en los tratamientos farmacológicos habituales y la consecuente expansión de los focos infecciosos. La normativa abarca los departamentos de Gastre, Telsen, Cushamen, Languiñeo, Paso de Indios, Mártires y Gaiman, y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, imponiendo un cambio drástico en los protocolos de manejo ganadero para la región.
La decisión administrativa se sustenta en pruebas oficiales que arrojaron resultados alarmantes sobre la resistencia de la enfermedad en zonas que limitan con áreas libres. Los informes técnicos del organismo sanitario revelaron que los productos veterinarios inyectables basados en lactonas macrocíclicas no lograron erradicar la enfermedad en la totalidad de los animales tratados. Esta falla terapéutica obligó a la autoridad sanitaria a reconocer que los métodos aplicados hasta la fecha resultaron insuficientes para contener el avance de la parasitosis, determinando que los baños por inmersión con productos aprobados son la única herramienta que demostró efectividad real para el saneamiento de las majadas.
El nuevo esquema de control endurece los requisitos para el movimiento de hacienda y sus productos, afectando la logística comercial desde las zonas en alerta hacia las áreas libres de la enfermedad. El SENASA determinó que todo traslado quedará supeditado a una evaluación de riesgo sanitario y al cumplimiento de un estricto tratamiento preventivo que exige dos baños por inmersión con un intervalo de diez a doce días. A estas exigencias operativas se suma la burocracia de los certificados de inspección oficial y la imposición de un aislamiento cuarentenario de veinticuatro días en el establecimiento de destino, lo que impactará directamente en los costos y tiempos de los productores afectados.
La resolución transfiere además una carga de responsabilidad penal y administrativa sobre la cadena productiva al establecer la obligatoriedad de la denuncia ante la aparición de síntomas. La norma alcanza a autoridades locales, veterinarios privados, empresas de transporte y productores, quienes deberán reportar cualquier indicio de la enfermedad bajo apercibimiento de las sanciones estipuladas en la ley 27.233. Con esta disposición, el Estado busca cerrar el cerco sobre la circulación viral mediante la fiscalización de los actores privados, reconociendo implícitamente la gravedad de la situación epidemiológica que no pudo ser contenida con los mecanismos de vigilancia previos. (Agencia OPI Chubut)